La ESMA pide a la Comisión Europea una regulación aplicable a las agencias de rating ESG
| Por Beatriz Zúñiga | 0 Comentarios
La industria coincide en que tener un único marco y lenguaje es vital para garantizar el desarrollo de la inversión ESG. Por ello, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por las siglas inglesas) ha remitido a la Comisión Europea una carta en la que propone desarrollar una regulación europea para las agencias de calificación de sostenibilidad, ya que los ratings ESG y las herramientas de evaluación de estos valores son esenciales para la implantación de la normativa ESG.
Esta propuesta se sumaría a las diversas iniciativas legislativas que ya están en marcha y que también pretenden mejorar la calidad de la información ESG, entre ellas destacan: la revisión de la directiva sobre información no financiera; el reglamento de divulgación de información ESG, y el reglamento sobre la taxonomía.
“No obstante, la ESMA considera que la creciente demanda de información sobre el rating ESG de una entidad debe ir acompañada de salvaguardas para que la información a la que se hace referencia sea sólida y que las evaluaciones sean fiables para evitar el riesgo de green-washing”, explican desde finReg360.
No se trata de una idea nueva, durante la consulta de la Comisión sobre la Estrategia financiera sostenible renovada, ESMA ya expuso la falta de una definición jurídicamente vinculante de calificación ESG, la dificultad para comparar los proveedores de calificaciones ESG y el bajo nivel de correlación entre estos.
“Lo anterior genera problemas en la cadena de decisión de la inversión y, finalmente, repercute en la construcción de los índices de referencia ESG. La autoridad europea considera que todo ello se debe a la ausencia de requisitos legales para garantizar la transparencia de las metodologías en las que se basan dichas calificaciones. Por ello, plantea a la Comisión Europea la definición de un marco normativo para la clasificación ESG”, apuntan desde finReg360.
En concreto la ESMA plantea a la Comisión Europea un marco normativo que tenga un contenido mínimo que contemple cuatro aspectos: la calificación ESG; el registro y supervisión de la autoridad pública; unos requisitos específicos aplicables a las calificaciones y evaluaciones ESG; y, por último, los requisitos organizativos y de gestión de conflictos de intereses.
En primer lugar, la ESMA considera que debería elaborarse una definición legal común de qué se entiende por calificación ESG, que capture el amplio espectro de herramientas de evaluación disponibles en el mercado. Según indican desde finReg360, esto conduciría a que todos los productos existentes que pretenden proporcionar una evaluación del perfil ESG de un emisor o un valor, independientemente del objetivo de medición específico, estén sujetos al mismo nivel básico de salvaguardas de protección del inversor.
“Al mismo tiempo, un enfoque amplio de la definición de estos productos permitiría asegurar el futuro de este marco reglamentario en relación con las innovaciones posteriores y evitaría posibles oportunidades de reestructuración para eludir los requisitos. Por lo tanto, minimizaría la posibilidad de obsolescencia del marco en caso de que el mercado se mueva en una dirección específica”, añaden.
En segundo lugar, la ESMA entiende que cualquier entidad jurídica cuya actividad incluya la emisión de estas calificaciones y evaluaciones ESG debería estar registrada y supervisada por una autoridad pública. “Esto llevaría a que estas agencias de rating ESG estén sujetas a unos requisitos comunes de organización, conflicto de intereses y transparencia. Dado que la ESMA ya desempeña esta labor en relación con las agencias de calificación crediticia, se postula a sí misma para esta tarea”, comentan.
En tercer lugar, además de los requisitos básicos anteriores, la ESMA considera que debe haber requisitos específicos aplicables a las calificaciones y evaluaciones ESG proporcionadas por las entidades. Estos requisitos no tienen que tener el mismo nivel de prescripción que los aplicables a los ratings de crédito. Sin embargo, deben ser lo suficientemente exigentes como para garantizar que las calificaciones y evaluaciones ESG se basen en fuentes de datos actualizadas, fiables y transparentes, y se desarrollen de acuerdo con metodologías robustas que sean transparentes y que puedan ser verificadas por los inversores.
Por último, la ESMA indica que cualquier marco regulador en este ámbito debería garantizar que las entidades más grandes y sistémicas estén sujetas a un conjunto completo de requisitos de organización y conflictos de intereses que reflejen su creciente importancia en el ámbito de las finanzas sostenibles. Además, debería ser proporcional y adaptarse a la estructura actual del mercado para que las entidades más pequeñas puedan acogerse a determinadas exenciones cuando sea apropiado (por ejemplo, la posible exención de las tasas de supervisión y de determinados requerimientos organizativos).
En opinión de finReg360, esto facilitaría la participación en el mercado de los operadores tradicionales con recursos elevados y también de las nuevas empresas, más dinámicas que impulsan la innovación.