El cambio climático deparará ganadores y perdedores (Parte 2)
| Por Cecilia Prieto | 0 Comentarios
La inversión siempre ha sido objeto de regulación, para proteger a los inversores finales y mantener los niveles de calidad en un sector de billones de dólares. Lo novedoso ahora es que el compromiso es mucho mayor para lograr fomentar la inversión sostenible, todo ello liderado por la normativa de la Unión Europea.
El conjunto de nuevas medidas incluidas en el Plan de Acción de Finanzas Sostenibles (SFAP) de la UE trata de promover la inversión sostenible en los 27 países del bloque. En concreto, persigue lograr los objetivos climáticos del Acuerdo de París y el Pacto Verde europeo.
Parte del plan se concretará en nuevas normas, como el Reglamento de Divulgación Financiera sobre Sostenibilidad (SFDR), que aclara qué son los fondos de inversión sostenibles, o el Reglamento de la Taxonomía, conforme al cual los gestores de activos deben informar sobre su impacto (positivo o negativo).
Tres objetivos principales
El SFAP tiene tres objetivos principales. El primero consiste en canalizar los flujos de capital hacia la inversión sostenible, apartándolos de actividades empresariales, como la de combustibles fósiles, que contribuyen al calentamiento global. El segundo consiste en incorporar la sostenibilidad a la gestión de riesgos. Por último, trata de impulsar la transparencia y la planificación a largo plazo en la actividad económica y financiera.
El SFDR pretende conseguir que el perfil de sostenibilidad de los fondos sea más comparable, a la vez que facilitar su comprensión por los inversores finales, fijando parámetros predefinidos de los atributos ASG empleados en el proceso inversor. Como su nombre indica, se hará mucho más hincapié en la divulgación, con nuevas normas que obliguen a identificar los impactos perjudiciales de las empresas en que se invierte.
Robeco ha creado un equipo de profesionales especializado compuesto por más de 40 personas, dedicado a integrar todos los aspectos del SFAP, que entrará en vigor escalonadamente. La primera fecha límite importante fue el 10 de marzo de 2021 para la clasificación de los fondos y las declaraciones de información obligatorias de los folletos de los fondos y el sitio web, que pasó sin el menor contratiempo.
Acuerdos señeros
El SFAP fue inicialmente diseñado por la Comisión Europa en marzo de 2018, como repuesta a la emblemática firma, en diciembre de 2015, del Acuerdo de París, así como, previamente en ese año, de la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, que establece los Objetivos de Desarrollo Sostenible. También se ajusta al Pacto Verde Europeo, cuyo objetivo es que la UE sea neutral en carbono en 2050.
El alcance de la normativa es amplio y, entre otros, se aplica a gestores de activos, fondos de pensiones y bancos y aseguradoras de la UE. Un elemento muy destacado y de mucha incidencia de la nueva normativa es la clasificación de los fondos y mandatos en tres categorías, que se contienen en los artículos 6, 8 y 9 del SFDR.
Fondos y niveles de sostenibilidad
– Los fondos del artículo 6 son aquellos que no integran ningún tipo de sostenibilidad en su proceso inversor.
– El artículo 8 es de aplicación “cuando un producto financiero promueva, entre otras, características medioambientales o sociales, o una combinación de ambas, siempre y cuando las empresas en las que se hace la inversión observen buenas prácticas de gobernanza”.
– El artículo 9 abarca productos referidos a inversiones sostenibles diseñadas a medida, y se aplica “cuando un producto financiero tenga como objetivo inversiones sostenibles, y se haya designado un índice de referencia”.
Alrededor del 95% de los fondos de Robeco están clasificados o bien en el artículo 8 (83%) o bien en el artículo 9 (12%), con solo el 5% incluidos en el artículo 6. Los fondos del artículo 8 comprenden las gamas de estrategias Sustainability Inside y Sustainability Focused. Los fondos del artículo 9 corresponden a la gama Impact Investing y son cuentas de caja que no integran factores ASG.
Priorización de las incidencias adversas
Asimismo, el SFDR exigirá que los gestores de activos efectúen ‘declaraciones de impacto adverso’ exponiendo cómo tienen en cuenta los principales impactos de las empresas en las que invierten cuando toman sus decisiones de inversión. También deberán exponer las medidas que adoptan para mitigar tales impactos adversos.
El control de las declaraciones se realizará con un sistema de 64 indicadores de impacto adverso, de los que 18 serán obligatorios y 46 voluntarios. Aunque las obligaciones concretas solo se han conocido recientemente, Robeco ha tomado medidas para garantizar que está preparada, por ejemplo, creando herramientas tipo de impacto adverso para evaluar el efecto de la normativa.
Taxonomía de la UE
Otro elemento con mucha incidencia del SFAP es la propuesta de Reglamento de taxonomía de la UE, que trata de armonizar qué constituyen ‘iniciativas verdes’. La UE ha definido un criterio mínimo que las actividades económicas tienen que cumplir para tener la consideración de medioambientalmente sostenibles.
En resumen, dichas actividades tienen que hacer una contribución significativa a como mínimo uno de los seis objetivos medioambientales siguientes: mitigación y adaptación al cambio climático, protección de recursos marinos e hídricos, transición a una economía circular, evitar la contaminación y proteger o restaurar la biodiversidad y los ecosistemas.
Todo lo cual enlaza con el camino de la sostenibilidad que, desde Robeco, vamos abriendo en la Industria Global de Gestión de Activos.