La respuesta a la pregunta «¿Puede el IRS recolectar activos en el extranjero?» es sí, según el Memorándum de la Oficina del Asesor Jurídico del Servicio de Impuestos Internos del 24 de febrero del 2022. El Memorándum analiza los Procedimientos de colección del IRS para activos fuera de los EE. UU. El IRS tiene varias herramientas de colección y el uso de varias fuentes de información disponibles en casos de colección donde los activos de un contribuyente se encuentran fuera de los EE. UU. Las herramientas de cobro se aplican cuando el IRS ha intentado comunicarse con un contribuyente, y el contribuyente se ha negado a pagar o se ha descuidado en pagar, y el IRS ha agotado las fuentes de exacción nacionales.
Herramientas de colección del IRS
El Memorándum establece que “El IRS no tiene prohibido, en general, realizar múltiples actividades de colección simultáneamente. En muchos casos, estas herramientas de colección pueden complementarse una a la otra”. Las siguientes son varias herramientas de colección disponibles para el IRS seguidas por el comentario del IRS a la Política de Colección del Administrador del Programa del IRS – Cumplimiento Estratégico Global:
- Aporte de un indicador de vigilancia del Sistema de Comunicaciones de Cumplimiento del Tesoro (“TECS”): “Los indicadores de vigilancia de TECS se utilizan para obtener información sobre la ubicación de un contribuyente. No tenemos conocimiento de ninguna restricción legal que impida que el IRS utilice esta herramienta junto con cualquier otra acción de colección”.
- Inicio de una solicitud de asistencia de cobro mutuo (“MCAR”) saliente a un socio de un tratado: “Antes de buscar asistencia de un socio de un tratado a través de un MCAR, el IRS debe poder declarar que todas las medidas apropiadas para cobrar el reclamo de ingresos que están disponibles en virtud de sus leyes o prácticas administrativas. Buscar asistencia bajo un MCAR no impide que los Estados Unidos continúen sus esfuerzos para asegurar la propiedad o la jurisdicción personal sobre el contribuyente”.
- Embargo en la sucursal nacional de un banco extranjero: “No tenemos conocimiento de ninguna restricción que impida que el IRS emita un embargo a una sucursal nacional de un banco extranjero junto con cualquier otra acción de cobro”
- Demanda para repatriar: “No tenemos conocimiento de ninguna restricción que impida que el IRS remita responsabilidades al Departamento de Justicia por una demanda que busque la repatriación de activos junto con cualquier otra acción de colección. El IRS también debe estar preparado para certificar que se han agotado las fuentes de colección nacionales conocidas, o que los activos nacionales conocidos son insuficientes para satisfacer la obligación”.
- Emisión de la Carta 6152, Notificación de intención de solicitar la revocación del pasaporte por parte del Departamento de Estado de los EE. UU. y remisión al Departamento de Estado de los EE. UU. (“DOS”) para la revocación del pasaporte después de la emisión de la Carta 6152: Ambos no pueden llevarse a cabo simultáneamente porque la emisión de la Carta 6152 y el vencimiento del período de respuesta establecido en esa carta debe ocurrir antes de una remisión al DOS para la revocación del pasaporte. “No conocemos ninguna restricción que impida que el IRS busque la revocación del pasaporte junto con cualquier otra acción de colección que haya identificado. Una vez que se cumplen los criterios de certificación y se certifica que un contribuyente tiene una deuda tributaria gravemente morosa según el IRC (“Internal Revenue code”) § 7345, el Servicio puede solicitar al Departamento de Estado que ejerza su discreción para revocar el pasaporte de un contribuyente”.
¿Qué hay de FATCA?
El Memorándum establece que “los datos FATCA se pueden usar para identificar casos de colección en la mayoría de los casos, pero los usos autorizados de conjuntos particulares de datos FATCA pueden variar dependiendo de si se recibieron de conformidad con un acuerdo internacional que prevé el intercambio de información en asuntos fiscales. (“convenio fiscal”) y las disposiciones de uso y divulgación del convenio fiscal aplicable”.
Además, “el uso de datos FATCA para identificar y seleccionar casos de colección para asignación es un uso autorizado de la información de devolución bajo IRC § 6103(h)(1). Los convenios fiscales de los que Estados Unidos es parte permiten la divulgación de información intercambiada a personas y autoridades involucradas o interesadas en la recaudación de impuestos. En consecuencia, el uso de datos FATCA que se intercambiaron conforme a una convención fiscal para identificar y seleccionar casos de colección también está permitido según IRC § 6105(b)(1), siempre que el caso involucre un tipo de impuesto que esté cubierto por el acuerdo internacional pertinente en virtud del cual se intercambió la información”.
¿Cómo comienza el proceso de colección del IRS?
El proceso de colección comienza cuando el IRS no recibe los pagos completos y oportunos de un contribuyente después de emitir un aviso de cobro. Basado en la información en la declaración de impuestos 1040 del contribuyente, si el contribuyente no paga el primer aviso, el IRS envía un segundo aviso, más intereses adicionales y multas a medida que continúan acumulándose. El proceso de cobro comienza cuando no se paga este segundo, o último aviso de cobro.
El proceso de Cobranza del IRS y sus acciones se resumen en 4 escenarios posibles:
- Gravamen fiscal federal: un reclamo legal contra todos los bienes actuales y futuros del contribuyente; que incluye la casa, el automóvil, los derechos de propiedad, los salarios y las cuentas bancarias del contribuyente.
- Aviso de gravamen fiscal federal: un aviso público que informa a los acreedores que existe un gravamen fiscal federal adjunto a la propiedad actual y futura del contribuyente y los derechos a la propiedad. El IRS presenta este Aviso para establecer la prioridad de su reclamo frente a los reclamos de otros acreedores. El Aviso se presenta a nivel local y estatal y se informa a las agencias de informes crediticios del consumidor.
- Embargo: Una incautación legal de la propiedad o los derechos de propiedad. El IRS utilizará los ingresos de la venta de la propiedad, o los derechos de propiedad, para ayudar a pagar la deuda tributaria del contribuyente. Los sueldos, salarios, comisiones, Seguro Social y cuentas bancarias del contribuyente también pueden ser embargados y aplicados a la deuda tributaria. El IRS generalmente envía una Notificación de Intención de Embargo y una Notificación del Derecho del Contribuyente a una Audiencia antes de que se incaute cualquier propiedad.
- Citación: Esto sucede cuando el IRS tiene problemas para obtener información para determinar la cantidad de impuestos adeudados o para cobrar los impuestos adeudados. El IRS entregará una citación a un contribuyente (o a un tercero) para reunirse con un funcionario del IRS y proporcionar información, documentos y, si es necesario, testificar. También se le puede exigir al contribuyente que traiga libros y registros para preparar una declaración de impuestos.
No subestime el alcance del gobierno de los EE. UU.
El cumplimiento tributario es una prioridad principal para el IRS, y su objetivo principal es que sus tentáculos de recaudación aseguren un alcance mundial. Durante el proceso de colección del IRS, el IRS está autorizado a compartir la información tributaria del contribuyente con las agencias tributarias, el Departamento de Justicia, las agencias federales, las personas que el contribuyente autorice para representarlos y los gobiernos extranjeros (en virtud de tratados tributarios). La ley también permite que el IRS se comunique directamente con terceros, como vecinos, bancos, empleadores y empleados, para investigar el caso del contribuyente.
¡Independientemente de dónde viva, el IRS puede encontrarlo y cobrarle!
Columna de Stanley Foodman