En el estudio publicado por el IEB: España: Una nueva hoja de ruta para el Ahorro, patrocinado por: BBVA Asset Management, JP Morgan, M&G, Schroders y Mirabaud; comentamos varias veces la necesidad creciente e ineludible de complementar la pensión pública. Insistimos en que este objetivo, el complemento privado, va a ser uno de los destinos preferidos, me atrevería a decir obligado, para la familia española. En el futuro veremos un considerable interés, como ocurre ya en otros países.
Aquí en España, el complemento voluntario se realiza a través de los conocidos: fondos y planes de pensiones (empleo, asociado e individual), Planes de previsión asegurados (individual) y los seguros de exteriorización por pensiones (empleo). Deberían ser sistemas ya ampliamente conocidos por el público, pero cuyo funcionamiento tal y como lo conocemos puede, en el futuro, verse modificado especialmente en materia de inversión y posibilidad de inversión.
El denominado Informe Lagares, encargado por el Gobierno para modificar la fiscalidad puede dar pistas de las variaciones aludidas. En la propuesta 19 se pedía ampliar el régimen fiscal de planes a otros productos “que cumplan con los mismos requisitos de indisponibilidad y asignación de éstos”. La propuesta pone los ojos en el sistema americano y que muchos identifican con el título genérico de 401(k), si bien como voy a intentar detallar el sistema americano va más allá. El próximo día 19 en una conferencia de iiR España a la que he sido invitado como ponente, Planes de Pensiones y Previsión, intentaré ahondar y clarificar.
En EE.UU, el espejo donde mirarse para reformar temas de inversión y previsión social, tienen dos pilares fundamentales: el complemento individual, aquel que el trabajador lleva a cabo de forma discrecional, y el de empleo, donde se unen para las aportaciones: empleo y empleador. El primero, de carácter individual, responde a las cuentas IRA o Individual Retirement Account. El segundo, el de empleo, es denominado cuentas 401(k).
Siguiendo el hilo argumental del informe Lagares, señalar que en ambas cuando se accede a uno de estos planes de pensiones el partícipe se va a encontrar con la posibilidad de poder invertir en un abanico de activos o vehículos de inversión, no en una única cartera de inversión como ahora ocurre. Para más concreción decir que al menos encontrará un mínimo de tres opciones para combinar horizonte temporal, limitaciones y características de la inversión. Esta posibilidad permite una mayor eficiencia en la asignación de activos dado que el partícipe podrá elegir, también puede asignar proporciones, reasignar y reequilibrar entre las posibilidades ofrecidas.
Pero en EE.UU. van un paso más allá del complemento voluntario, limitados por aportaciones máximas. Allí conviven unos productos dirigidos al ahorro a largo plazo donde se consideran también de forma genérica complemento a la jubilación. Son los Roth IRA y los Roth 401(k), no son deducibles fiscalmente las aportaciones pero sí los rendimientos. Comparen con el nuevo producto denominado Ahorro 5, y sí, nuevamente el suscriptor de estos productos puede nuevamente elegir entre una cesta de posibilidades así como su distribución, reasignación y reequilibrio entre ellos.
Estos temas se tratarán en la próxima edición del evento de iiR sobre pensiones.