La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha sometido a consulta pública una guía técnica para la evaluación de los conocimientos del personal que informa y asesora sobre servicios de inversión, que entrará en vigor en 2018 y en la que se recoge la obligación de que estos empleados tengan formación y cuenten con seis meses de experiencia a jornada completa en este campo.
La guía técnica, teniendo en cuenta las Directrices que ESMA publicó en marzo de 2016, tiene como objetivo que los inversores comprendan los riesgos de los productos en los que invierten, para lo cual es preciso que quien se los ofrezca disponga de los conocimientos necesarios para entenderlos y saber explicarlos y para valorar si son adecuados o idóneos para cada cliente, lo que debe ser garantizado por las entidades que prestan servicios de inversión.
En consecuencia, la CNMV señala que las entidades que prestan servicios de inversión deberán disponer de medios humanos y materiales, de procedimientos y de una estructura organizativa que asegure que el personal cuenta con los conocimientos y competencias adecuados de acuerdo a la naturaleza, tamaño y complejidad de las actividades que la entidad financiera desarrolla, el tipo de clientes a los que presta servicios, el tamaño de su plantilla, la implantación nacional o internacional y la estructura que, en el área de formación, pueda tener la entidad.
Asimismo, la CNMV menciona que el órgano de administración o una comisión que pudiera constituirse al efecto (de la que en todo caso formarán parte al menos tres directivos de suficiente nivel), establecerán los criterios y designará la unidad o unidades de la entidad o del grupo que serán responsables de su aplicación. Además, dichos órganos garantizarán que cuando el personal relevante no haya adquirido los conocimientos y competencias necesarios para la prestación de los servicios, no pueda prestarlos.
No obstante, si un empleado no ha adquirido la cualificación o la experiencia adecuada, o ambas cosas, podrá prestar los servicios bajo supervisión, siendo los órganos de administración quienes determinarán las funciones de la persona que se encargue de la supervisión del personal.
Cualificación del personal relevante
La CNMV introduce novedades relevantes que afectan a la cualificación del personal objeto de la guía. En concreto, indica que el personal estará obligado a conocer todos los criterios que detalla la guía en relación a los conocimientos y competencias del personal que proporciona información sobre productos de inversión y a aquellos que prestan asesoramiento.
Además, deberá haber recibido una formación teórica y práctica o dedicado un número mínimo de 80 horas en el caso del personal que solo facilita información y de 150 en el caso del personal que asesora. En cuanto a la formación continuada mínima, la CNMV establece que será de 20 ó 30 horas en función de si el personal informa o asesora.
Asimismo, conviene señalar que la CNMV, al fin, resuelve una de las dudas que más opinión había suscitado en el mercado y destaca que la formación podrá ser impartida por las propias entidades financieras o mediante convenios con entidades formadoras (universidades u otras entidades certificadoras) de una manera presencial o a distancia.
Finalmente, la CNMV va más allá e incluso indica que publicará una lista de títulos o certificados de entidades especializadas en servicios de asesoramiento e información. En consecuencia, considerará que el personal que disponga de alguno de los títulos o certificados incluidos en dicha lista cuenta con la cualificación adecuada para la prestación de los servicios que la propia lista indique en cada caso.