El reciente anuncio de la Administración Biden de que apoyará suspender la protección de la propiedad intelectual relativa a las vacunas contra el COVID-19 ha hecho saltar las alarmas sobre su impacto potencial en la innovación biofarmacéutica. También pone presión sobre las acciones de algunos fabricantes de vacunas y sobre el índice Nasdaq Biotechnology más amplio1.
Claramente, con el número de contagios y muertes por COVID-19 acelerándose a un ritmo alarmante en países como India, hay una necesidad urgente de facilitar la distribución global de vacunas y de hacerlas asequibles para todo el mundo. Pero creemos que el anuncio de la Casa Blanca es un nuevo ejemplo de cómo los titulares políticos pueden oscurecer la realidad de la asistencia sanitaria, con el potencial de confundir a los inversores.
Suspensión de propiedad intelectual frente a práctica del sector
La intención al dejar en suspenso las patentes es acelerar la producción y distribución de las vacunas contra el COVID-19, especialmente en países en desarrollo donde las tasas de vacunación se mantienen por detrás de las de los mercados desarrollados. La Organización Mundial de la Salud apoya la iniciativa, y está animando a otros países miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) a que se unan a EE.UU. (se precisa el consentimiento de todos los miembros de la OMC para que la suspensión pueda ser aprobada.)
Pero ello puede tener más de gesto de cara a la galería que de utilidad práctica en términos de políticas. Por un lado, muchos de los fabricantes de vacunas ya han mostrado su disposición a renunciar a sus derechos de patente. En octubre, por ejemplo, Moderna emitió un comunicado de prensa en el que señalaba que «… mientras continúe la pandemia, en Moderna renunciaremos a exigir nuestros derechos de patente relacionados con el COVID-19 contra quienes fabriquen vacunas destinadas a combatir la pandemia. Además, a fin de eliminar cualquier supuesta barrera derivada de la propiedad intelectual para el desarrollo de vacunas durante el periodo de la pandemia, estamos dispuestos a atender las peticiones de licencia de nuestra propiedad intelectual relativa a la vacuna contra el COVID-19 a otros durante el periodo posterior a la pandemia”.
Por su parte, AstraZeneca afirma que ha llegado a establecer más de una docena de cadenas de suministro regionales, colaborando con socios en distintos países. El gigante farmacéutico también ha prometido que renunciará a buscar el beneficio con la vacuna durante la pandemia, en un esfuerzo por mantener el precio de la vacuna a un nivel asequible.
La innovación complica el desarrollo de genéricos
Entonces, ¿por qué no se ha incrementado la producción global de vacunas? Resumidamente, porque fabricar las vacunas no es fácil. Tanto la vacuna de Pfizer/BioNTech como la de Moderna utilizan tecnología del ARN mensajero, una modalidad nueva que hasta ahora no ha sido producida a gran escala. En consecuencia, la cantidad de instalaciones productivas y de personas con la capacidad y conocimientos necesarios para fabricar vacunas es extremadamente limitada. Como declaró el CEO de Moderna Stéphane Bancel durante una conferencia con inversores: “No podemos empezar a contratar gente que sepa fabricar un ARNm. Porque esa gente no existe”. Incluso caso de existir, las empresas tendrían que desarrollar procesos de fabricación, aprovisionarse de materias primas y superar un riguroso examen regulatorio, todo lo cual llevaría meses, sino años.
Así pues, es poco probable que suspender la propiedad intelectual represente un alivio inmediato para la escasez de vacunas. Sin embargo, a algunos les preocupa que dicha suspensión pueda suscitar dudas sobre la validez de la legislación en materia de propiedad intelectual y hacer que la industria biofarmacéutica se retraiga a la hora de invertir en nueva innovación o de responder a futuras crisis sanitarias. Esa posibilidad nos despierta inquietud, sobre todo dada la naturaleza de alto riesgo y alto coste del desarrollo de fármacos. Pero con todo y eso, no creemos que ello refleje plenamente la actual dinámica de mercado, donde la regulación se ha esforzado en seguir el compás de los gigantescos avances en innovación realizados por el sector.
Pensemos en el caso de los biosimilares. En 2010, el Congreso aprobó legislación que establecía un procedimiento abreviado para la aprobación de biosimilares (los biosimilares son versiones genéricas de terapias biológicas complejas a base de proteínas, ADN y otros tipos de células vivas obtenidas de mamíferos, plantas e incluso bacterias). Una década más tarde, solo 29 biosimilares han recibido la aprobación de la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. (FDA), de los que menos de la mitad están disponibles para los pacientes. Europa ha mostrado más empeño, aprobando 76 biosimilares desde 20062.
Sin embargo, el mercado trae consigo retos. El principal de ellos es la dificultad de fabricar biológicos de manera sostenida y demostrar que los fármacos pueden utilizarse indistintamente que sus competidores de marca. Muchos biosimilares también se han visto envueltos en litigios por infracción de patentes o han tenido una lenta adopción debido a las complejidades para el reembolso, dudas sobre su eficacia o incluso un coste elevado. De cara al futuro, se espera que la adopción de biosimilares aumente, pero ha costado más de una década llegar hasta el punto en que nos encontramos.
Oportunidades de mercado al alza
En resumen, los medicamentos innovadores a menudo no son fácilmente replicables, y representan altas barreras de entrada al sector. Aun así, muchos fármacos son terapias pioneras para abordar grandes necesidades médicas no atendidas, con un significativo potencial de oportunidad de mercado. Se prevé que los ingresos totales por las vacunas contra el COVID-19 asciendan a 157.000 millones de dólares hasta 2025, según estimaciones de IQVIA3. Además, las vacunas contra el COVID han ayudado a validar las plataformas de fabricación de vacunas, que las empresas podrían aplicar a otras categorías de enfermedades.
Cuando se difundió públicamente que Biden apoyaba la suspensión de las patentes, el CEO de Moderna, el Sr. Bancel, comentó que la noticia no le quitaba el sueño. Quizá nosotros no seamos tan optimistas como el Sr. Bancel. Pero sí creemos que su reacción es ilustrativa de la creciente complejidad del mercado farmacéutico global y de la necesidad de que los inversores no se queden solo con los titulares si quieren comprender bien las realidades del desarrollo y la distribución de fármacos hoy en día.
Tribuna de Andy Acker, gestor de carteras en Janus Henderson Investors, responsable de la gestión de la estrategia Global Life Sciences y de la estrategia de biotecnología.
Anotaciones:
1.Bloomberg, datos a 5 de mayo de 2021. El índice Nasdaq Biotechnology incluye los valores de las empresas cotizadas en el Nasdaq clasificadas según el Índice de referencia de clasificación sectorial en «biotecnología» o «farmacéuticas» , que también cumplen otros criterios de admisibilidad.
2. «How the U.S. Compares to Europe on Biosimilar Approvals and Products In the Pipeline», Rothwell Figg’s Biosimilars Law Bulletin, 8 de marzo de 2021.
3. «Just how much COVID-19 vaccine money is on the table? A whopping $157B through 2025, report says», FiercePharma, 29 de abril de 2021.
Información importante.
Los puntos de vista que aquí figuran corresponden a la fecha de publicación. Se ofrecen exclusivamente con fines informativos y no deben considerarse ni utilizarse como asesoramiento de inversión, jurídico o fiscal ni como oferta de venta, solicitud de una oferta de compra o recomendación para comprar, vender o mantener ningún valor, estrategia de inversión o sector de mercado. Nada de lo incluido en el presente material debe considerarse una prestación directa o indirecta de servicios de gestión de inversión específicos para los requisitos de ningún cliente. Las opiniones y los ejemplos se ofrecen a efectos ilustrativos de temas más generales, no son indicativos de ninguna intención de operar, pueden variar y podrían no reflejar los puntos de vista de otros miembros de la organización. No se pretende indicar o dar a entender que cualquier ilustración/ejemplo mencionado forma parte o formó parte en algún momento de ninguna cartera. Las previsiones no pueden garantizarse y no es seguro que la información proporcionada sea completa o puntual, ni hay garantía con respecto a los resultados que se obtengan de su uso. A no ser que se indique lo contrario, Janus Henderson Investors es la fuente de los datos y confía razonablemente en la información y los datos facilitados por terceros. Las rentabilidades pasadas no garantizan resultados futuros. La inversión conlleva riesgo, incluida la posible pérdida de capital y la fluctuación del valor.
No todos los productos o servicios están disponibles en todas las jurisdicciones. El presente material o la información contenida en él podrían estar restringidos por ley y no podrán reproducirse ni mencionarse sin autorización expresa por escrito, ni utilizarse en ninguna jurisdicción o en circunstancias en que su uso resulte ilícito. Janus Henderson no es responsable de cualquier distribución ilícita del presente material a terceros, en parte o su totalidad. El contenido de este material no ha sido aprobado ni respaldado por ningún organismo regulador.
Janus Henderson Investors es el nombre bajo el cual las entidades que se indican ofrecen productos y servicios de inversión en las siguientes jurisdicciones: (a) En Europa, Janus Capital International Limited (n.º de registro 3594615), Henderson Global Investors Limited (n.º de registro 906355), Henderson Investment Funds Limited (n.º de registro 2678531), Henderson Equity Partners Limited (n.º de registro 2606646), (cada una de ellas registrada en Inglaterra y Gales en 201 Bishopsgate, Londres EC2M 3AE y regulada por la Autoridad de Conducta Financiera) y Henderson Management S.A. (n.º de registro B22848, en 2 Rue de Bitbourg, L-1273, Luxemburgo y regulada por la Commission de Surveillance du Secteur Financier) ofrecen productos y servicios de inversión; (b) En EE. UU., los asesores de inversión registrados ante la SEC filiales de Janus Henderson Group plc; (c) En Canadá, a través de Janus Capital Management LLC, solo para inversores institucionales de determinadas jurisdicciones; (d) En Singapur, Janus Henderson Investors (Singapore) Limited (número de registro de la sociedad: 199700782N). Este anuncio o publicación no ha sido revisado por la Autoridad Monetaria de Singapur; (e) En Hong Kong, Janus Henderson Investors Hong Kong Limited. Este material no ha sido revisado por la Comisión de Valores y Futuros de Hong Kong («SFC»); (f) En Taiwán (República de China), Janus Henderson Investors Taiwan Limited (con funcionamiento independiente), Suite 45 A-1, Taipei 101 Tower, No. 7, Sec. 5, Xin Yi Road, Taipéi (110). Tel.: (02) 8101-1001. Número de licencia SICE autorizada 023, emitida en 2018 por la Comisión de Supervisión Financiera; «(g) En Corea del Sur, Janus Henderson Investors Limited (Singapur), exclusivamente para Inversores profesionales cualificados (según se definen en la Ley de servicios de inversión financiera y mercados de capitales y sus subreglamentos); (h) En Japón, Janus Henderson Investors (Japan) Limited, regulada por la Agencia de Servicios Financieros y registrada como Entidad de servicios financieros que realiza actividades de gestión de inversión. asesoramiento de inversión y actividad de agencia y actividades de instrumentos financieros de tipo II; (i) En Australia y Nueva Zelanda, por Janus Henderson Investors (Australia) Limited ABN 47 124 279 518 y sus entidades relacionadas, incluida Janus Henderson Investors (Australia) Institutional Funds Management Limited (ABN 16 165 119 531, AFSL 444266) y Janus Henderson Investors (Australia) Funds Management Limited (ABN 43 164 177 244, AFSL 444268); (j) En Oriente Medio, Janus Capital International Limited, regulada por la Autoridad de Servicios Financieros de Dubái como Oficina de representación. No se realizarán transacciones en Oriente Medio y cualquier consulta deberá dirigirse a Janus Henderson. Las llamadas telefónicas podrán ser grabadas para nuestra mutua protección, para mejorar el servicio al cliente y a efectos de mantenimiento de registros reglamentario.