Los virus infecciosos pueden vivir en superficies como el metal, papel y plástico durante horas o días. Un reciente estudio preliminar indica que el nuevo coronavirus, COVID-19, puede sobrevivir en cartón durante un día completo, y en acero y plástico hasta tres días, por tanto, no existe un riesgo mayor por el uso de dinero en efectivo.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha desmentido que el dinero en efectivo y, en concreto, los billetes transmitan el coronavirus. La portavoz de la OMS, Fadela Chaib, ha negado que su organización haya dicho que las personas deban tener cuidado con el efectivo para contener la propagación del coronavirus.
A esta declaración se une el Banco Central Europeo (BCE) y el Banco de España, los cuales descartan que el nuevo coronavirus se propague por los billetes, teniendo otras superficies mayor riesgo de transmisión y llaman a utilizar el efectivo con normalidad. Tal y como recuerdan, la mejor protección es seguir las recomendaciones de las autoridades sanitarias y lavarse las manos frecuentemente con un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón.
Las falsas alarmas sobre el riesgo de contagio derivado del uso del dinero en efectivo pueden perjudicar la distribución de productos de primera necesidad, y muy especialmente, impedir el trabajo de los voluntarios que colaboran con personas que por su situación personal no pueden desplazarse para la compra de alimentos o medicamentos.
El estado de alarma y las entidades financieras
El pasado 13 de marzo, durante su comparecencia pública tras el Consejo de Ministros, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez declaró el estado de alarma e hizo públicas las medidas permitidas en el Real Decreto Ley. Entre las mismas se limita la libre circulación en las vías de uso público y se incluyen como excepciones las actividades de primera necesidad tales como ir a comprar alimentos, a la farmacia, a trabajar, a un cajero a sacar dinero, a hospitales o a cuidar personas con discapacidad.
Así, el Real Decreto, en su Artículo 7, limita durante la vigencia del estado de alarma la libertad de circulación de las personas a actividades de primera necesidad. La limitación a la libre circulación establece que los ciudadanos «únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de diversas actividades entre las que se incluye el desplazamiento a entidades financieras”.
Sin embargo, la principal recomendación de las autoridades es que los desplazamientos se limiten lo máximo posible y, al igual que las entidades financieras, recomiendan el uso de tarjetas de crédito ya que con este método de pago se evita salir a sacar dinero.