El pasado viernes 31 de agosto de 2018 quedó aprobado por el Consejo de Ministros el Real Decreto-ley que incorpora a la legislación española diversas Directivas Europeas que acumulaban un importante retraso y que permiten cerrar los procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea.
Entre las Directivas Europeas ya incorporadas, está la de garantizar la protección de los compromisos por pensiones con los trabajadores.
Protección de los compromisos por pensiones con los trabajadores
Mediante el Real Decreto aprobado se transpone totalmente al ordenamiento jurídico español la Directiva Europea 2014/50, relativa a los requisitos mínimos para reforzar la movilidad de los trabajadores entre Estados miembros mediante la mejora de la adquisición y el mantenimiento de los derechos complementarios de pensión.
Además se extiende la aplicación de dichos derechos a la movilidad nacional, por lo que se reconocerán estos derechos a los trabajadores que cambien de empleo dentro del territorio español.
El objetivo de la norma es reducir los obstáculos a la movilidad de los trabajadores derivados de ciertos requisitos (antigüedad y edad) que las empresas imponen para adquirir derechos en los sistemas complementarios para jubilación establecidos en las empresas. Así, se establece que la edad mínima que se exija para acceder a esos derechos no puede superar los 21 años y que el periodo de antigüedad mínimo para consolidar los derechos en la empresa no puede superar los tres años.
La Directiva prevé el reconocimiento de derechos de pensión adquiridos en favor de los trabajadores que cesen la relación laboral antes de la jubilación a partir del 21 de mayo de 2018, fecha límite de la transposición. Es, por tanto, urgente la incorporación de lo establecido en la normativa comunitaria al ordenamiento jurídico español, puesto que la falta de reconocimiento legal de este derecho a partir de la fecha establecida genera una situación de incertidumbre e inseguridad jurídica que compromete los derechos de los trabajadores.