A partir del 1 de enero de 2014, los colombianos que aportan al régimen de pensión de prima media, como el que administra Colpensiones, tendrán que esperar dos años más para jubilarse, así como aportar durante 25 semanas adicionales. La medida, que afecta a seis millones y medio de colombianos, forma parte de la Ley 100 de 1993 ratificada por la Ley 797 de 2003.
En definitiva, las mujeres y los hombres podrán jubilarse con pensión a partir del 2014 una vez cumplan 57 y 62 años, respectivamente, y acumulen 1.275 semanas cotizadas y 1.300 semanas desde el 2015. Hasta el 31 de diciembre de 2013, las mujeres de este régimen se jubilaban con opción a pensión a los 55 años y los hombres, a los 60 años. Además, en ambos casos debían haber acumulado 1.250 semanas cotizando.
Según recoge el diario Portafolio, el sistema de pensiones colombiano apenas ha jubiladocon pensión a uno de cada tres trabajadores en edad de pensionarse, cobertura que además de ser muy baja, prácticamente no ha cambiado desde 1993, cuando se hizo la reforma con la Ley 100.
Además, como las aportaciones de los trabajadores actuales son muy inferiores a las necesidades de los que están recibiendo ya una pensión, el Estado, a través del presupuesto nacional, aporta más de la mitad del importe destinado a las pensiones. Desde el diario se apunta a la informalidad laboral, que afecta al 60% de los trabajadores colombianos, como principal obstáculo para que funcione el sistema. Según cálculos del Ministerio de Trabajo, de una vida laboral de 25 años, los trabajadores colombianos cotizan de media solo 10 años –que equivale a algo más de 500 semanas- por lo que no alcanza ni remotamente a las 1.300 semanas que será necesario haber cotizado para los que se jubilen a partir de 2015.
El aumento de la edad para jubilarse no afecta en principio a los más de 11,6 millones de afiliados a los fondos privados de pensiones –AFPs privadas-, porque en estos lo que cuenta es el capital acumulado durante la vida laboral. Sin embargo, quien no logre reunir el capital mínimo para pensionarse-fondo de garantía de pensión mínima-, aunque cumpla los requisitos para que un fondo le financie la diferencia, tendrá que esperar dos años más. Esto es debido a que los potenciales beneficiarios del fondo de garantía de pensión mínima se rigen bajo las normas de edad que se aplican al régimen de prima media.