El nuevo tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, de salud y de ley de accidentes del trabajo subirá desde 78,3 UF a un valor de 79,3 UF.
La Superintendencia de Pensiones de Chile informa que a partir de esta fecha el nuevo tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, de salud y de ley de accidentes del trabajo será de 79,3 Unidades de Fomento (UF) en 2019. El año pasado el valor aplicado fue de UF 78,3 UF.
Asimismo, para calcular las cotizaciones del Seguro de Cesantía durante este 2019 el nuevo tope imponible mensual será de 119 UF, valor que en 2018 fue de UF 117,5 UF
La legislación vigente establece que ambos valores deben reajustarse anualmente cuando el Índice de Remuneraciones Reales, que informa el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), registre variaciones positivas durante el año anterior. En el período noviembre 2017- noviembre 2018 dicho índice aumentó un 1,3%. Esta cifra es de carácter preliminar y fue publicada por el INE en su sitio web e informada a la Superintendencia de Pensiones mediante Oficio Ord. N° 21, de fecha 8 de enero de 2019.
La Superintendencia reitera que los nuevos topes imponibles se deben aplicar a partir del pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de enero de 2019. Estas cotizaciones deben pagarse hasta el 11 de febrero de este año, plazo que se extiende hasta el 13 del mismo mes si la operación se realiza a través de medios electrónicos.
De acuerdo a la Política de Rectificación de Cifras de la Encuesta Mensual de Remuneraciones y Costo de la Mano de Obra del INE, vigente desde noviembre de 2018, el Índice de Remuneraciones Reales publicado en cada mes de referencia tendrá un carácter provisional y será actualizado en el mes siguiente, quedando en ese momento como definitivo.
Posteriormente, en febrero de 2019 el INE publicará el valor definitivo de la variación del Índice de Remuneraciones Reales del período noviembre 2017-noviembre 2018. En caso que dicha variación sea distinta de 1,3%, la Superintendencia de Pensiones deberá informar un nuevo valor para los topes imponibles que se aplican para el cálculo de las cotizaciones previsionales.