José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha comparecido para aclarar el rumbo de los Acuerdos del Pacto de Toledo. Según ha explicado, la reforma y modernización del sistema se llevará a cabo en dos grandes bloques, que empezarán por la modificación de cuatro aspectos claves, correspondientes a cuatro recomendaciones aprobadas por el Pacto de Toledo el pasado otoño: 1, 2, 4 y 12.
Este primer bloque se centrará en el mecanismo para revalorización de las pensiones, las medidas para alinear la edad efectiva y la edad legal de jubilación, el avance del traspaso de gastos impropios y el desarrollo de un nuevo modelo de cotización para los trabajadores autónomos.
El IPC del año anterior, fórmula para actualizar la pensión
Dentro de ese primer bloque, estaría el nuevo mecanismo permanente de revalorización que garantice el mantenimiento del poder adquisitivo, tal y como indica la recomendación 2 del Pacto de Toledo. El ministro de Inclusión ha destacado que el planteamiento actual «es un mecanismo sencillo y fácil de comprender, basado en el IPC, y que sería evaluado cada cinco años por el propio Pacto de Toledo».
Además, ha explicado que «en el supuesto caso de inflación negativa -algo muy infrecuente- las pensiones no sufrirían ninguna merma, sino que quedarían inalteradas». Sería en los tres años siguientes con valores positivos cuando se compensaría esa diferencia, salvo para las pensiones mínimas, a las que no se les aplicaría esta compensación.
En segundo lugar, el ministro ha explicado que también se incluirán en el primer bloque de reformas varias medidas encaminadas a cumplir la recomendación 12, para alinear la edad ordinaria y la edad efectiva de jubilación. En este sentido, Escrivá ha explicado a los parlamentarios que se está trabajando con los interlocutores sociales en cuatro ámbitos: la modificación de los coeficientes de la jubilación anticipada, los nuevos incentivos a la jubilación demorada, la modificación de la jubilación parcial y la reforma de las cláusulas convencionales de jubilación forzosa.
El ministro ha indicado que estas medidas van encaminadas a «incrementar la participación de las personas mayores en el mercado laboral, cuya tasa de actividad es mucho más baja que la de los países de nuestro entorno». Esto no se debe, ha indicado Escrivá, a una mala regulación de la edad jubilación, sino a múltiples factores que hacen que muchas personas salgan del mercado laboral antes de ella y a que los incentivos a la jubilación demorada sean muy poco utilizados. Además, ha destacado que, «tal y como muestra la evidencia científica y la situación en otros países de nuestro entorno, un incremento de la tasa de actividad de los trabajadores mayores no perjudica a los jóvenes, sino que aumenta sus posibilidades de empleo».
Coeficientes reductores mensuales
Respecto a la modificación de los coeficientes reductores para la jubilación anticipada voluntaria, Escrivá ha destacado que se persiguen dos objetivos: «Incentivar la permanencia en el empleo y eliminar los elementos regresivos que tiene el sistema actual». Para cumplir el primer objetivo, el Ministerio de Inclusión plantea que los coeficientes reductores sean mensuales, en lugar de trimestrales como es ahora, de forma que favorezcan la permanencia en el empleo al adaptarse mejor a cada situación y permitir decisiones más meditadas a cada trabajador. Además, «en la mayoría de los casos, estos coeficientes suponen una menor penalización que ahora, especialmente para las carreras laborales más largas».
Escrivá ha indicado también que el sistema planteado mejoraría la equidad, ya que los coeficientes se aplicarían sobre la cuantía de la pensión, lo que hará que tengan los mismos efectos para todos, algo que actualmente no sucede, en el caso de los trabajadores que cotizan por la base máxima.
La equiparación de los coeficientes reductores para la jubilación anticipada voluntaria para las pensiones teóricamente por encima de las máximas se hará de forma progresiva y en un periodo de seis años para no perjudicar las decisiones de quienes están en los últimos años de su vida laboral.
Además, en este aspecto, el ministro de Inclusión ha indicado que se mejorará la regulación en el caso de las personas procedentes del desempleo, ya que se aplicarán los coeficientes reductores por causa no imputable al trabajador para los supuestos en los que la persona que se jubila anticipadamente de forma voluntaria esté percibiendo el subsidio de desempleo desde hace un mínimo de tres meses.
Escrivá también ha indicado que se revisarán los coeficientes reductores de jubilación anticipada involuntaria en línea con los de la voluntaria, de forma que también pasarían a ser mensuales, menores en la mayoría de los casos y con un mejor tratamiento para las carreras de cotización más extensas.
Jubilación demorada: pago único de hasta 11.000 euros por año
En el marco de la jubilación demorada, el ministro de Inclusión ha indicado que el planteamiento parte de la «mejora de los incentivos para prolongar la carrera profesional más allá de la edad ordinaria de jubilación». En este aspecto, se ofrecerían tres tipos de incentivos, entre los que el trabajador podría elegir. La primera opción sería un porcentaje adicional de la pensión del 4% por cada año de demora; la segunda, un pago único (de hasta casi 11.000 euros por año de demora para las carreras inferiores a los 44 años y medio y mayor para carreras que superen esa extensión) y una tercera que sería una combinación de ambas.
En cuanto a la jubilación parcial, el planteamiento del Ministerio consiste en «flexibilizar su uso, a la vez que se corrige el abuso que se ha hecho de esta figura en algunos momentos». Escrivá ha explicado que ha planteado a los interlocutores sociales la posibilidad concentrar hasta el 60% de la jornada el primer año, con la posibilidad de que en algunas actividades que impliquen situaciones peligrosas o comprometan la seguridad de terceros se pueda acumular totalmente al inicio.
Finalmente, la última medida de este bloque trata sobre las cláusulas de jubilación forzosa establecidas por convenio colectivo. En este sentido, el ministro ha señalado que el planteamiento del Ministerio pasa por «proponer un modelo parecido al francés, que no aplica las cláusulas hasta los 68 años, con políticas activas para incentivar la permanencia». No obstante, para las cláusulas que se hubieran incluido en los convenios colectivos bajo la normativa actual, se pondría en marcha después de la finalización del convenio y existiría un periodo transitorio.
La jubilación, un derecho y no una obligación
«Nuestro objetivo es que la jubilación sea un derecho y no una obligación, como establecen ahora algunos convenios». Además, los trabajadores afectados por estos convenios que estarían en disposición de prolongar su vida laboral «se quedan sin la posibilidad de acceder a los beneficios de las modalidades de jubilación demorada o activa».
Además, Escrivá ha señalado que, dentro de este primer bloque de reformas y modernización del sistema de pensiones, también se completaría el cumplimiento de la recomendación 1. «Aunque con la aprobación de los presupuestos de 2021 se han trasladado cuatro de cada cinco euros de gastos no contributivos, es necesario culminar este traspaso para eliminar el déficit presupuestario de la Seguridad Social en 2023», ha afirmado.
Nuevo sistema de cotización para los autónomos
En el primer bloque también se incluirá la reforma del régimen de autónomos, dando cumplimiento a la recomendación 4. Este nuevo sistema, que está en fase de diálogo con las principales asociaciones, se aplicaría a partir de 2022 con un periodo transitorio. El planteamiento del Ministerio parte de 13 tramos «para facilitar la máxima flexibilidad a cada trabajador, ya que cuantos más tramos, cada trabajador tiene mayores posibilidades de adaptación a su capacidad de pago».
Además, la flexibilidad también sería temporal, ya que cada trabajador autónomo podría elegir provisionalmente su base de cotización en función de previsiones de rendimientos, con la posibilidad de modificar su elección varias veces a lo largo del año.
En un segundo bloque se atenderán otras recomendaciones de gran importancia para la modernización del sistema. Entre esas cuestiones están la reforma de las bases máximas y la pensión máxima, dando cumplimiento a las recomendaciones 5 y 11, la garantía de acceso de parejas de hecho a una pensión de viudedad (recomendación 13), la derogación del actual factor de sostenibilidad y su sustitución por un nuevo mecanismo de equidad intergeneracional, la adaptación del periodo de cómputo a las nuevas realidades del mercado laboral (recomendaciones 5, 11, 14 y 17) y el desarrollo de los sistemas de previsión social complementaria (recomendación 16).