Este año la reforma de las pensiones ha experimentado un fuerte impulso. El año pasado cerrábamos 2020 con una buena noticia: el Pacto de Toledo había acordado una serie de recomendaciones para llevar acabo la reforma del sistema de pensiones. Como consecuencia, a principios de 2021 el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, publicó la agenda de la reforma.
Durante 2021, se han realizado varias reformas con el objetivo de construir un sistema más sostenible y adaptarlo a la realidad demográfica y laboral del siglo XXI, unas medidas que ya son una realidad y se pueden consultar en el BOE.
Actualización de las pensiones y derogación del IRP y el Factor de Sostenibilidad
Las pensiones pasarán a revalorizarse en 2022 conforme al IPC (Índice de Precios del Consumo). Con este nuevo mecanismo, el 1 de enero de cada año se revalorizarán las pensiones de acuerdo con la inflación media anual registrada en el ejercicio anterior. Sin embargo, en el caso de que se produzca un año de IPC negativo, la cuantía de las pensiones quedará inalterada.
El nuevo mecanismo de revalorización de las pensiones sustituye al que fue incorporado en 2013, el Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones (IRP). El IRP se calculaba a partir de varios factores entre los que se encontraba el importe de los ingresos y de los gastos del sistema de la Seguridad Social y se garantizaba una revalorización mínima del 0,25% y una máxima del IPC más el 0,5%.
Por otro lado, también se ha derogado el Factor de Sostenibilidad, que, a pesar de haber sido propuesto en 2013, aún no se había aplicado. Este factor buscaba ajustar la cuantía de las pensiones a la evolución de la esperanza de vida para afrontar el gran reto demográfico al que nos enfrentamos: el envejecimiento de la población.
Según explican desde Bankinter, durante 2022 las pensiones contributivas se revalorizarán un 2,5%, que es el porcentaje medio de inflación que ha habido entre diciembre del año pasado y noviembre de este año. El incremento será igual para las clases pasivas (funcionarios públicos). Así, por ejemplo, la pensión mínima de una persona sin cónyuge pasará a ser de 10.103,8 euros anuales (721,7 euros mensuales en 14 pagas) frente a los 9.808,4 euros que ha cobrado este año. En el caso de la pensión máxima, esta pasa a ser de 39.468,66 euros anuales (catorce pagas de 2.819,57 euros mensuales) frente a los 38.505,88 en 2021.
Con este nuevo mecanismo se da cumplimiento a la recomendación 2ª del Pacto de Toledo, garantizando el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones.
Edad de jubilación y años cotizados
En 2011 comenzó una subida progresiva de la edad de jubilación que acabrá en 2027, cuando habrá dos opciones: haber cotizado 38 años y seis meses y jubilarse a los 65 años o, si se ha cotizado menos, jubilarse a los 67 años. Este año, si queremos jubilarnos a los 65 años deberemos haber cotizado 37 años y 6 meses o más. Si hemos cotizado menos tiempo, podremos jubilarnos a los 66 años y dos meses.
Este año también aumenta el número de años cotizados para calcular la pensión, el cómputo pasará a hacerse sobre los últimos 25 años de la vida laboral. De esta forma, termina un proceso de subida gradual que comenzó con 15 años en 2013 y finaliza en 2022 con 25 años.
La cuantía de la pensión se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizados y, en su caso, el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral, cuando se acceda a la jubilación con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y el coeficiente reductor que corresponda.
Desde el 1-1-2013, el número de meses se ha elevado progresivamente a razón de 12 meses por año hasta llegar a los 300 en 2022. De acuerdo con la siguiente tabla que indica el número los meses computables en cada ejercicio y el divisor correspondiente:
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
Para hacer frente al reto que supone la jubilación en masa de la generación más numerosa y que, además, tendrá pensiones más altas, la del babyboom, el gobierno ha propuesto la creación de una cotización adicional. La propuesta invita a crear una cotización adicional del 0,6% entre 2023 y 2032, y establecer una revisión trienal desde 2032 para analizar el gasto en pensiones con relación al PIB y tomar medidas adicionales si fuera necesario, con el objetivo de abordar particularmente este reto. Este porcentaje se repartirá entre las empresas y los trabajadores, el 0,5% correrá a cargo de las empresas y el 0,1% del trabajador.
Siguiendo la recomendación 12ª del Pacto de Toledo, para recortar la gran brecha que hay entre la edad de jubilación legal y la real, la reforma de las pensiones ha incluido una serie de bonificaciones para aquellos que alarguen su vida laboral y unas penalizaciones para quienes la acorten. Se incluyen cuatro medidas: la revisión de la jubilación anticipada tanto voluntaria como involuntaria y por razón de la actividad, la jubilación demorada, la jubilación activa y la jubilación forzosa.
Una de las novedades es que los coeficientes reductores relacionados con el adelanto de la edad de jubilación se aplicarán sobre la pensión y no sobre la base reguladora de la misma, como hasta ahora.
Refuerzo de los ingresos
Respecto al fortalecimiento de la estructura de ingresos del sistema, se establece que la Ley de Presupuestos Generales del Estado contemplará anualmente una transferencia del Estado al presupuesto de la Seguridad Social para la financiación de diversos conceptos que permitan culminar la separación de fuentes en cumplimiento de la recomendación 1ª del Pacto de Toledo de 2020. Dicha transferencia ya se incluía en los Presupuestos Generales del Estado de 2021 y se amplía en los de 2022.