La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) ha publicado el informe final que contiene las directrices sobre los nombres de los fondos utilizando términos ESG o relacionados con la sostenibilidad. Para poder utilizar estos términos, se debe utilizar un umbral mínimo del 80 % de las inversiones para cumplir con las características ambientales, sociales u objetivos de inversión sostenible.
Según explican desde la ESMA, el objetivo de estas directrices es garantizar que los inversores estén protegidos contra afirmaciones de sostenibilidad no fundamentadas o exageradas en los nombres de los fondos, y proporcionar a los gestores de activos criterios claros y medibles para evaluar su capacidad para usar términos relacionados con ESG o sostenibilidad en los nombres de los fondos.
«El sector de la gestión de activos estaba a la espera de estas directrices desde que, el pasado mes de diciembre, el supervisor anunciase que posponía su publicación hasta que los legisladores europeos actualizasen la normativa sobre los UCITS1 y la AIFMD», apuntan los expertos de finReg360. En su opinión, la ESMA pretende orientar, de forma clara, sobre el uso de los términos relacionados con la sostenibilidad o con los aspectos sociales y ambientales en los nombres de los fondos, y evitar que los nombres de los fondos puedan dar lugar al blanqueo ecológico (o «greenwashing»).
En este sentido, las directrices establecen que, para poder usar estos términos, un umbral mínimo del 80% de las inversiones debe destinarse a cumplir con objetivos ambientales, características sociales u objetivos de inversión sostenible. Las directrices también aplican criterios de exclusión para diferentes términos usados en los nombres de los fondos. Por ejemplo, términos relacionados con “ambiental”, “impacto” y “sostenibilidad” no podrán usarse si están dentro de las exclusiones establecidas con las normas aplicables a los Índices de Referencia Alineados con el Acuerdo de París (PAB). Igualmente, los términos relacionados con “transición”, “social” y “gobernanza” serán en función de las exclusiones de acuerdo con las normas aplicables a los Índices de Referencia para la Transición Climática (CTB).
El documento de la ESMA también especifica criterios adicionales para aquellos casos de una combinación de términos, uso de términos relacionados con transición, sostenibilidad e impacto, y para fondos que designan un índice como índice de referencia. Señala, según indican desde finReg360, que los fondos que utilicen términos relacionados con la «transición» o el «impacto» deberán asegurar que se encuentran en un camino claro y medible hacia la transición social o medioambiental, o que se realizan con el objetivo de generar un impacto social o medioambiental positivo y medible junto con un rendimiento financiero
Expectativa supervisora
Por último, el Informe Final que contiene las directrices también proporciona un resumen de las respuestas que ESMA recibió a su documento de consulta y una explicación del enfoque tomado para abordar los comentarios recibidos. Además, la autoridad europea determina que las autoridades nacionales competentes deben considerar los criterios a lo largo de toda la vida del fondo. Según indican desde finReg360, en concreto establece «verificarlos en la divulgación periódica del fondo de acuerdo con los anexos IV y V de las normas técnicas de regulación (o RTS en siglas inglesas) del SFDR, y no penalizar una desviación temporal del umbral o de las exclusiones, siempre que se no se deba a elecciones deliberadas de la sociedad gestora».
En este sentido la ESMA ha anunciado inspecciones más exhaustivas por las autoridades competentes en el caso de incumplimiento de las directrices o del compromiso de inversión sostenible.
Próximos pasos
Tras la publicación del informe, las directrices se traducirán a todos los idiomas de la UE y posteriormente se publicarán en su sitio web, comenzando a aplicarse tres meses después de esa publicación.
Dentro de los dos meses siguientes a la fecha de publicación de las directrices en el sitio web de ESMA en todos los idiomas oficiales de la UE, las autoridades competentes a las que se aplican estas directrices deben notificar a ESMA si cumplen, no cumplen, pero tienen la intención de cumplir, o no cumplen y no tienen la intención de cumplir con las directrices.
“El período de transición para los fondos existentes antes de la fecha de aplicación será de seis meses después de esa fecha. Cualquier nuevo fondo creado después de la fecha de aplicación debe aplicar estas directrices inmediatamente con respecto a esos fondos”, señalan desde ESMA.