Tras la trasposición de la normativa MiFID II en España, ya no es obligatorio que las entidades que prestan servicios de inversión cuenten con un folleto informativo de tarifas máximas aplicable a los servicios y operaciones realizadas con clientes minoristas.
En concreto, tras la publicación en el BOE del Real Decreto 1464/2018, por el que se desarrolla el Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores y por el que se completa la transposición de MiFID II, el contenido del anterior artículo 71 del RD ESIS –que regulaba la obligación de contar y publicar el folleto informativo de tarifas– queda sustituido por el nuevo artículo 65 del RD ESIS sobre costes y gastos conexos, que remite directamente al artículo 50 del Reglamento Delegado (UE) 2017/565.
En estas nuevas referencias normativas no se hace ninguna alusión a la necesidad de contar con un folleto de tarifas, quedando el inversor suficientemente protegido por las nuevas obligaciones de información sobre costes y gastos, explican desde el despacho de abogados finReg 360.
En consecuencia, si bien disponer de un folleto de tarifas mejora la trasparencia con los inversores, esta obligación ya no es exigible. Además, se ha eliminado la obligación de aportar un folleto de tarifas en la propuesta de Guía Técnica sobre el procedimiento de autorización de nuevas entidades (ESI, SGIIC, SGEIC, PFP) de la CNMV que salió a consulta pública el pasado 9 de septiembre.
No obstante, debe tenerse en cuenta que se mantienen en vigor la Orden EHA/1665/2010 del Ministerio de Economía y Hacienda y la Circular 7/2011 de la CNMV, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos-tipo, que desarrollaban el citado artículo 71 del RD ESIS.
En este sentido, habría que esperar si la CNMV se pronuncia próximamente sobre esta situación.