La Comisión Nacional del Mercado de Valores no está dispuesta permitir que se generen situaciones en las que los partícipes se sientan ‘engañados’ con las rentabilidades obtenidas por los fondos de inversión o asuman riesgos sin estar plenamente informados de ellos. Por eso, ha tomado medidas adicionales para reforzar la transparencia en la comercialización de fondos y sicavs en España, según anunció recientemente en un comunicado. En concreto, ha puesto su foco en dos tipos de fondos: los de renta fija y aquellos que tienen un objetivo de rentabilidad, segmentos que han captado parte de los capitales de los inversores que buscan alternativas de inversión a los depósitos en un entorno de remuneraciones muy reducidas en el pasivo. El organismo ya había puesto hace tiempo a estos últimos productos en una especie de supervisión preventiva.
La CNMV toma estas medidas en un contexto en el que teme que las gestoras, con el objetivo de aumentar sus ofertas de rentabilidad, amplíen el riesgo en sus productos (en términos de mayores plazos de inversión, riesgo de crédito o apalancamiento) y el comercializador no lo comunique debidamente a los partícipes. Por eso, esas medidas se exigen desde el momento mismo en el que se registra el fondo, lo que garantiza que esa información llegará al inversor antes de la contratación del producto. “La CNMV quiere facilitar a los inversores información que les permita hacerse una idea más acorde a la realidad sobre las expectativas de rentabilidad que puedan esperar así como de los riesgos asumidos”, dice en el comunicado.
Más información sobre el riesgo de crédito
Con respecto a los fondos de renta fija, la CNMV obligará a que aquellos que inviertan en deuda de baja calidad crediticia lo indiquen en sus documentos informativos, indicando el porcentaje máximo en el que pueden invertir e incluyendo advertencias de que el riesgo de crédito es alto o muy elevado -si se puede invertir en deuda high yield más del 25% de la cartera-. Los fondos de renta fija (excepto los de largo plazo con gestión activa) también deberán incluir en la información pública periódica un comentario sobre la cartera de activos, su vida media y TIR media bruta a precios de mercado a una determinada fecha de referencia.
En los fondos con objetivo de rentabilidad…
Pero si hay una clase de productos con los que el regulador está estrechando el cerco los fondos con objetivo de rentabilidad. En concreto, y además de aplicarse lo establecido para los fondos de renta fija si van a invertir en activos más allá del grado de inversión (incluidos los garantizados cuando existan cláusulas que limiten la eficacia de la garantía), todas las IIC con objetivo concreto de rentabilidad (garantizado o no) tendrán que incluir en el folleto simplificado un resumen que permita al inversor conocer la estructura financiera, los ingresos totales de la cartera de renta fija y liquidez inicial, los costes totales que soportará y la inversión en opciones para conseguir el objetivo de rentabilidad. Y la CNMV podría pedir más advertencias en función de la estructura de cada cartera.
Gestoras y comercializadores deberán estar en disposición de acreditar el cumplimiento de su obligación de actuar en beneficio de los partícipes de la IIC: las comercializadoras que no lo estén, deberán abstenerse de comercializarlo. Además, se pide a las gestoras que tengan mecanismos de control interno que garanticen que, en el lanzamiento de la IIC y en las ampliaciones del volumen comercializado respecto al inicialmente previsto, las adquisiciones de cartera se efectúen exclusivamente cuando las condiciones en las que se realiza dicha adquisición permitan alcanzar la TAE informada en el folleto.
Para los fondos con objetivo de rentabilidad de renta variable…
Pero, además de todo esto, donde la CNMV amplía su lupa es en los fondos con objetivo de rentabilidad de renta variable, las que considera IIC estructuradas al estar vinculadas a determinados activos financiero (pues, según su criterio, no considera así a las IIC con objetivo de rentabilidad de renta fija). Para este tipo de fondos pide que en los folletos se incluya la probabilidad de ocurrencia de distintos escenarios de rentabilidad, como ya había anunciado su presidenta, Elvira Rodríguez, en un evento a finales del año pasado.
Las entidades tendrán que ofrecer información sobre los distintos escenarios posibles (el desfavorable, el moderado y el favorable) y sobre la posibilidad de que se incurra en pérdidas en dichos escenarios. Además, tendrán que advertir de que esos escenarios están basados en simulaciones, y no en certezas, y de que si no hay garantía con colaterales que cubran el riesgo de crédito, el partícipe podría incurrir en pérdidas adicionales. Estos fondos también tendrán que incluir información sobre el funcionamiento de la estructura que permitan al inversor entender “plenamente” la misma.
Y es que la CNMV considera que estos fondos pueden llevar a confusión. “La mayoría de IIC tienen un objetivo de rentabilidad que puede expresarse en términos de una TAE no garantizada para el inversor –las de renta fija-, pero se aprecia cierta presencia de fondos en los que el rendimiento no garantizado para el inversor se expresa en función de la evolución de un índice, una acción, o un grupo de acciones. En estos últimos resulta más complicado para el inversor formarse una idea sobre la expectativa de rentabilidad esperada, máxime teniendo en cuenta que en muchos casos se trata de inversores no sofisticados que buscan en estos fondos una alternativa de inversión a los depósitos bancarios, con un riesgo limitado”, dice.