La Reserva Federal aprobó el jueves pasado una regla que obligará a las instituciones financieras que operan en el país, sean estas nacionales o extranjeras, a cumplir con un nuevo requisito de deuda a largo plazo y otro de «capacidad total de absorción de pérdidas» o TLAC, por sus siglas en inglés. La regla será de aplicación para las firmas nacionales identificadas por el regulador como bancos globales de importancia sistémica –en inglés, global systemically important banks o GSIBs, según sus siglas- y a las operaciones en Estados Unidos de los GSIB extranjeros.
Para reducir el impacto sistémico del fracaso de un GSIB, un proceso de quiebra o resolución ordenada legal, la norma impone las pérdidas del GSIB fallido a los inversores en lugar de a los contribuyentes, mientras las operaciones críticas de la empresa siguen funcionando. El requerimiento a un GSIB de mantener cantidades suficientes de deuda a largo plazo, que puede convertirse en capital en caso de resolución, ayudaría a lograr ese objetivo al proporcionar una fuente de capital privado que soportaría las operaciones críticas de la empresa durante su resolución.
«La regla se basa en el sentido común: los accionistas e inversores en la deuda de un banco deben arriesgar su propio dinero para que los depositantes y contribuyentes estén bien protegidos y los bancos más grandes deben soportar los costes asociados a su tamaño», declara Janet L. Yellen en la nota de la Fed.
Al igual que la propuesta emitida en octubre de 2015, la regla final establecerá un nivel mínimo de deuda a largo plazo para los GSIB domésticos y operaciones en Estados Unidos de GSIBs extranjeros, que podría utilizarse para recapitalizar las operaciones críticas de las empresas en caso de fracaso.
El requisito complementario de TLAC establecerá un nuevo nivel mínimo de capacidad total de absorción de pérdidas, a satisfacer con capital regulatorio y deuda a largo plazo. Estos requisitos mejorarán las perspectivas de resolución ordenada de GSIBs fallidos y reforzarán la resistencia de todos los GSIB.
En respuesta a los comentarios recibidos, la Reserva Federal realizó varios cambios sobre la propuesta, entre los que destacamos que mientras a las operaciones estadounidenses de empresas extranjeras generalmente se les requerirá la emisión de deuda a largo plazo a su matriz extranjera, las operaciones en Estados Unidos de ciertas firmas extranjeras podrán emitir deuda a largo plazo a terceros, y no sólo a sus compañías matrices; y que los requerimientos de deuda a largo plazo para las empresas extranjeras se han reducido ligeramente para ser consistentes con el tratamiento que reciben las empresas nacionales.