Las Autoridades Europeas de Supervisión del sistema financiero (EBA, ESMA e EIOPA por sus siglas en inglés) han publicado una advertencia sobre los riesgos que los criptoactivos suponen para los consumidores en la Unión Europea, por lo que no resultan adecuados como inversión ni como medio de pago o intercambio para la mayoría de consumidores minoristas.
Los consumidores se enfrentan a la posibilidad real de perder todo el dinero invertido si compran estos activos, advierten, y deben estar atentos a los riesgos derivados de la publicidad engañosa, incluyendo la realizada a través de las redes sociales y por los influencers. Asimismo, deben ser particularmente cautelosos en lo que se refiere a las promesas de una rentabilidad alta o rápida, especialmente aquellas que parecen demasiado buenas para ser ciertas.
Los consumidores deben ser conscientes de la falta de procedimientos para poder reclamar, así como de la ausencia de protección, ya que los criptoactivos y los productos y servicios relacionados con ellos en general quedan fuera de la protección que ofrecen las normas vigentes en la Unión Europea sobre servicios financieros, explican.
¿Cuáles son los principales riesgos?
Fluctuaciones extremas de precios: muchos criptoactivos sufren fluctuaciones de precios repentinas y extremas y tienen un carácter especulativo, ya que su precio a menudo se basa exclusivamente en la demanda de los consumidores (es decir, puede no haber un activo que lo respalde u otro valor tangible). Puedes perder una gran cantidad de dinero o incluso todo el dinero invertido. Las fluctuaciones extremas de precios también hacen que muchos criptoactivos no sean adecuados como reserva de valor ni como medio de intercambio o de pago.
Información engañosa: algunos criptoactivos y productos relacionados se anuncian al público de manera agresiva, utilizando material comercial y otra información que puede resultar poco clara, incompleta, inexacta o incluso deliberadamente engañosa. Por ejemplo, la publicidad a través de las redes sociales puede ser muy breve y centrarse únicamente en las posibles ganancias y no en los elevados riesgos. También debes tener cuidado con los influencers en las redes sociales que normalmente reciben un incentivo financiero para comercializar determinados criptoactivos y productos y servicios relacionados, por lo que sus comunicaciones pueden tener un carácter sesgado.
Ausencia de protección: la mayoría de los criptoactivos y la venta de productos o servicios relacionados no están regulados en la UE.2 En estos casos, no disfrutarás de los derechos y las medidas de protección disponibles para los consumidores de servicios financieros regulados, tales como los mecanismos de denuncia o recurso.
Complejidad de los productos: algunos productos que ofrecen exposición a los criptoactivos son muy complejos y, a veces, tienen características que pueden incrementar la magnitud de las pérdidas si se producen fluctuaciones de precios adversas. Dada su complejidad, estos productos no son adecuados para muchos consumidores.
Fraude y actividades maliciosas: existen numerosos criptoactivos falsos y estafas cuyo único objetivo es privarte de tu dinero mediante el uso de diferentes técnicas, como por ejemplo, el phishing. Tenga en cuenta que el hecho de que no figure en la lista negra no significa que sea seguro trabajar con una empresa/parte. Algunos Estados miembros de la UE han aplicado normas nacionales para regular determinados criptoactivos y productos o servicios conexos. Además, los proveedores de algunos tipos de servicios de criptoactivos, también de servicios de intercambio y servicios de custodia, deben estar autorizados o registrados a efectos de la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Sírvase consultar a la autoridad competente correspondiente para obtener más información.
Manipulación del mercado, falta de transparencia de precios y escasa liquidez: la determinación de los precios de los criptoactivos y la ejecución de transacciones en las plataformas frecuentemente no se realizan de forma transparente. Además, la posesión de determinados criptoactivos está muy concentrada, lo que puede afectar a los precios o a la liquidez. Por lo tanto, es posible que no obtengas un precio o trato justo al comprar o vender criptoactivos, o que no puedas vender tus criptoactivos con la rapidez que desearías en ausencia de un posible comprador. Se han notificado casos de manipulación del mercado en múltiples ocasiones.
Ciberataques, riesgos operativos y problemas de seguridad: la tecnología de registro distribuído que sustenta los criptoactivos entraña riesgos específicos. Varios emisores y proveedores de servicios de criptoactivos, en particular los proveedores de intercambio de criptoactivos y monederos electrónicos, han sufrido ciberataques y graves problemas operativos. Muchos consumidores han perdido sus criptoactivos o han sufrido pérdidas por este tipo de ataques e interrupciones del servicio o por haber perdido las claves privadas con las que acceden a sus activos.
CNMV, Banco de España y Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
La CNMV, el Banco de España y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones suscriben el contenido de esta advertencia y comparten la valoración de los riesgos que se identifican en la misma, que están en línea con los riesgos ya señalados en los comunicados realizados en 2018 y 20211.
Adicionalmente, cabe recordar que en el último año tanto la CNMV como el Banco de España, han llevado a cabo dos iniciativas en este ámbito. La primera, la CNMV ha aprobado una Circular (Circular 1/2022, de 10 de enero) sobre la publicidad relativa a la inversión en criptoactivos que tiene como objetivo que las campañas publicitarias en este ámbito se lleven a cabo siguiendo determinadas directrices en su contenido y formato, y que incluyan información suficiente sobre los riesgos de la potencial inversión. Y en segundo lugar, en virtud del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, que modifica la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, el Banco de España ha puesto en funcionamiento un Registro2 en el que deberán inscribirse quienes ofrezcan en España determinados servicios (cambio de criptomonedas por moneda de curso legal y custodios de monederos digitales), que deberán disponer de medidas y procedimientos adecuados en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
Asimismo, en septiembre de 2020 la Comisión Europea presentó una propuesta legislativa de reglamento sobre los mercados de criptoactivos. La propuesta establece un marco global para la regulación y la supervisión de los emisores y proveedores de servicios de criptoactivos con vistas a proteger a los consumidores y la integridad y estabilidad del sistema financiero. No obstante, se recuerda a los consumidores que la propuesta sigue estando sujeta al resultado del proceso colegislativo. Los consumidores no disfrutarán de ninguna de las salvaguardias previstas en dicha propuesta hasta que esta no sea adoptada y sea de aplicación.
Se recuerda que estos desarrollos legales solo cubren una parte muy limitada de la actividad sobre criptoactivos, por lo que resultan insuficientes para contener adecuadamente los riesgos que se señalan en el comunicado de las autoridades europeas, que siguen siendo plenamente relevantes.
Las autoridades supervisoras están siguiendo la evolución y el impacto que las tecnologías de registro distribuido y los criptoactivos están teniendo en el ámbito financiero. Los estudios y análisis que se puedan hacer en este campo no pueden interpretarse como un respaldo o cobertura de dichas tecnologías o activos, o que estén sujetos a su supervisión.
Estos desarrollos, si bien pueden ser elementos que ayuden en la dinamización del sector y a la oferta de nuevos productos y servicios financieros, no podrán desplegar plenamente ese potencial hasta que no se encuentren adecuadamente regulados (a escala de la Unión Europea) de manera que se puedan mitigar convenientemente los riesgos que suponen para los inversores minoristas.