Parecía un punto temporal -casi irreal e inalcanzable- en el horizonte, pero el futuro ya es presente y el día D para la industria financiera europea ya ha llegado. Porque hoy, 3 de enero de 2018, entra en vigor la directiva MiFID II en Europa… y en España.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado día 29 de diciembre un Real Decreto-Ley (publicado en el BOE el 30 de diciembre) que traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva en todo lo relativo a centros de negociación (mercados regulados, sistemas multilaterales de contratación y sistemas organizados de contratación), un aspecto fundamental. La CNMV recordaba ayer que, en relación con las materias no abordadas en dicho Real Decreto-Ley, “otras partes del conjunto normativo MiFID II-MiFIR son también de aplicación directa desde el día 3 de enero de 2018 (lo que es el caso, por ejemplo, de diversos reglamentos), así como el efecto directo que pueden tener en ciertos casos las Directivas europeas conforme a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)”.
Ante la falta de trasposición definitiva de la norma en países como España, muchos profesionales se venían preguntando si hoy era el día en el que tenían que aplicar completamente la normativa, o solo una parte.
A este respecto, la CNMV señala que, conforme a dicha jurisprudencia, “debe promover la efectividad de las Directivas en el ámbito de sus competencias interpretando las normas nacionales vigentes de modo conforme con la Directiva de que se trate”. Con estas palabras deja claro que, en caso de duda, podría interpretar la legislación vigente bajo el prisma de la nueva directiva.
“Teniendo en cuenta lo anterior, la CNMV entiende que las entidades, infraestructuras y demás participantes del mercado ajustarán con carácter general su organización y actividades al conjunto de reglas y obligaciones emanadas del conjunto normativo MiFID II- MiFIR a partir del 3 de enero de 2018”, explica en el comunicado.
Asimismo, informa de que ha sido designada como autoridad competente en España respecto de las diversas disposiciones europeas relacionadas con los mercados de valores que están siendo en estos momentos objeto de transposición y adaptación (MiFID II, MAR, PRIIPS y Benchmarks) y ha recogido toda la normativa e información relevante sobre MiFID II en una sección específica de su página web.
Consecuencia de la nueva directiva
Entre las consecuencias de la nueva directiva, que va a homologar los mercados españoles con los europeos, están temás como el régimen de transparencia en los costes y los límites a las retrocesiones, la gobernanza de productos o la formación de los profesionales.
Los roboadvisors, ya preparados
En una reciente nota publicada, el responsable de uno de los primeros roboadvisors españoles recordaba la entrada en vigor hoy de la normativa explicando que hay herramientas ya totalmente adaptadas, como los roboadvisors. “La mayoría de los roboadvisors que operan en España cumplen ampliamente los requisitos de la nueva Directiva Europea de Mercados e Instrumentos Financieros, MIFID II, que entra en vigor este miércoles 3 de enero en nuestro país tras la aprobación el pasado viernes 29 de diciembre del Real Decreto-Ley de medidas para la transposición al derecho español de esta norma”, comenta Antonio Banda, CEO de Feelcapital, el primer roboadvisor español. Añade que “los robots financieros se adelantaron en el tiempo al cumplimiento de esta directiva ya que la transparencia y la eficiencia siempre han sido la base de nuestro modelo robótico”. Para Banda, “podemos asegurar que Feelcapital cumple desde el año 2014 con las exigencias de MIFID II”.
Casi todos los robots financieros ya están aplicando la transparencia en la información de costes que soportan los inversores cuando adquieren productos financieros. Así, diferencian las comisiones de asesoramiento, gestión, ejecución, depósito y custodia, tal y como demanda la UE, explica. En su opinión, “pese a que no se ha traspuesto la normativa en toda su extensión, MIFID II va a beneficiar desde hoy a los inversores como nunca antes se había hecho. Las entidades financieras por fin, aunque obligadas, van a centrarse en informar correctamente a sus clientes”.