Las autoridades europeas de supervisión (ESA, por sus siglas en inglés) han publicado el informe final sobre el borrador de normas técnicas de regulación (RTS), que desarrolla el reglamento de divulgación, sobre la información precontractual y periódica de los productos sostenibles que contribuyan a objetivos medioambientales.
Según explican los expertos de finReg360, “la emisión de esas normas técnicas supone un paso importante para que las entidades financieras puedan seguir implantando la normativa de finanzas sostenibles”. Las normas técnicas entrarán en vigor el 1-7-2022 para los productos que tengan inversiones con objetivos climáticos, y el 1-1-2023, para los restantes objetivos medioambientales.
El informe se ha emitido después de haberse realizado una consulta a la propuesta de RTS para coordinar su contenido con el reglamento de taxonomía. “El proyecto de RTS pretende contribuir a la toma de decisiones de los inversores con información fiable y comparable sobre las inversiones en productos sostenibles con objetivo medioambiental, y recoger en un único acto delegado los requerimientos informativos de los reglamentos de divulgación y de taxonomía”, añaden desde firma. En este sentido, las modificaciones del borrador tendrán efecto sobre los “productos sostenibles” (regulados en los artículos 8 y 9 del reglamento de divulgación) que inviertan con objetivos medioambientales.
Novedades respecto a la consulta
Entre las novedades realizadas en esta publicación final destaca las modificaciones para los productos sostenibles con objetivo medioambiental. En concreto, en su definición, para aportar mayor claridad sobre los “productos sostenibles” ajustados a la taxonomía, se dejará de utilizar la referencia de “actividades económicas medioambientalmente sostenibles” para aplicar la expresión “actividades económicas alineadas con la taxonomía”. Según indican desde finReg360, además, se introducen definiciones adicionales, como la “exposición soberana” o “posición en titulizaciones”.
Respecto a los modelos normalizados de información, el nuevo texto incorpora una versión final precontractual y periódica para los productos sostenibles. “Como principal novedad, se suprime la sección sobre el principio de no causar un daño significativo (DNSH, en siglas inglesas). Tras una segunda revisión, las ESA han concluido que el principio DNSH se aplicará a todas las inversiones sostenibles, incluyendo las adecuadas con la taxonomía. Por ello, han optado por distribuir su contenido en el resto de secciones del modelo normalizado”, añaden desde finReg360.
Además, explican que se han introducido otras modificaciones como: la identificación del porcentaje de inversiones sostenibles, con o sin objetivo medioambiental; la explicación cuando se consideren las principales incidencias adversas de sostenibilidad (PIAS); la reducción del contenido relativo a la estrategia de inversión; la expresión del porcentaje mínimo de inversiones socialmente sostenibles, si fuera aplicable; y la inclusión de cambios en el orden de determinados preceptos legales y secciones, y a distribución de alguna de sus preguntas en otros apartados.
Por último, las ESA han decidido que los modelos normalizados incorporen en el encabezado la identificación de si las inversiones sostenibles son ambientales o sociales y, en el primer caso, si están adecuadas a la taxonomía.
Desde finReg360 explican que también se ha pasado a un nuevo enfoque para el cálculo de las inversiones ajustadas a la taxonomía. “En cuanto a la asignación de activos o asset allocation del producto, habrá que tener en cuenta alguna de las dos modalidades de cálculo que se proponen para conocer el grado de adecuación de las inversiones con la taxonomía. En primer lugar, incluyendo la exposición a la deuda soberana. En este caso, habrá que aportar una explicación adicional cuando la deuda soberana no corresponda a bonos verdes o no se puede analizar su adecuación con la taxonomía. Y, en segundo lugar, excluyendo la exposición a la deuda soberana”, añaden. En su opinión, ante la ausencia de una metodología armonizada para el cálculo de las exposiciones soberanas, “el objetivo es aportar a los inversores información completa y no engañosa”.