El comité conjunto de las autoridades supervisoras europeas, conformado por la Autoridad Bancaria Europea, la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (por sus siglas en inglés, EBA, EIOPA y ESMA, y conjuntamente, ESA) ha publicado un informe sobre la supervisión de los servicios financieros transfronterizos a minoristas.
Según la revisión del informe que ha hecho finReg360, el documento describe los principales problemas a los que se enfrentan las autoridades nacionales competentes (ANC) en la supervisión de los servicios financieros transfronterizos e identifica el marco jurídico actual y, en particular, el marco jurídico de cooperación entre las propias ANC.Principalmente, el informe ha clasificado los problemas a los que se enfrentan las ANC en las siguientes tres categorías:
- Cuestiones institucionales y organizativas, como pueden ser el intercambio de información, las remisiones de notificaciones de pasaportes y la distribución de responsabilidades entre las ANC de origen y acogida.
- Cuestiones de supervisión y aplicación de la regulación, como las malas prácticas de comercialización transfronteriza de productos financieros complejos a clientes minoristas, o la prelación de la regulación nacional.
- Cuestiones de arbitraje regulatorio o gaps regulatorios, como las diferencias considerables de implementación de normativa europea en cada estado miembro, que crean distintos grados de restricción o distintas condiciones para la prestación del mismo producto o servicio.
Asimismo, recoge una propuesta de principios generales para fomentar la cooperación entre autoridades y una serie de sugerencias y recomendaciones para los reguladores y las ANC.
Uno de los aspectos que destacan desde finReg360 es que como parte del ejercicio de revisión del marco legal, las ESA han revisado las directivas y reglamentos europeos, las directrices y los estándares técnicos, con el fin de identificar las disposiciones relacionadas con la cooperación entre la autoridad del país de origen y la del país de acogida. “La conclusión derivada de este análisis es que ya existen requerimientos vinculantes detallados sobre cooperación en la mayoría de los estados miembros y en los textos europeos mencionados. Sin embargo, se pueden desarrollar más requerimientos de cooperación sobre conducta empresarial y protección de los consumidores. Por otro lado, proponen una serie de principios generales para fomentar la cooperación entre la autoridad competente del país de origen y la del país de acogida”, apunta la firma.
Por último, el informe aporta una serie de recomendaciones para las ANC y los legisladores europeos, que identifican, entre otras, las responsabilidades de las autoridades competentes de los países de origen y de acogida, y proponen modificar la legislación vigente y desarrollar nueva legislación que promueva el negocio transfronterizo, aumente la protección a los clientes, simplifique el marco legal y facilite la supervisión.