La Unión Europea ha logrado reunir, por primera vez, a los criptoactivos, a sus emisores y a los proveedores de servicios de criptoactivos bajo un mismo marco regulador. Un paso que suma al acuerdo para actualizar las normas de información que acompañan a las transferencias de fondos, ampliando el ámbito de aplicación de dichas normas a las transferencias de criptoactivos.
Entre los avances logrados destaca la Presidencia del Consejo y el Parlamento Europeo han llegado a un acuerdo provisional sobre la propuesta relativa a los mercados de criptoactivos (MiCA), que abarca a los emisores de criptoactivos sin respaldo y a las denominadas stablecoins, así como a los centros de negociación y a los monederos en los que se mantienen los criptoactivos.
Según explican, “este marco regulador protegerá a los inversores y preservará la estabilidad financiera, al tiempo que permitirá la innovación y fomentará el atractivo del sector de los criptoactivos”. Esto aportará más claridad en la Unión Europea, ya que algunos Estados miembros ya cuentan con legislación nacional para los criptoactivos, pero hasta ahora no había ningún marco regulador específico a nivel de la UE.
“Los recientes acontecimientos en este sector en rápida evolución han confirmado la urgente necesidad de una regulación a escala de la UE. MiCA protegerá mejor a los europeos que han invertido en estos activos y evitará el uso indebido de los criptoactivos, a la vez que favorecerá la innovación para mantener el atractivo de la UE. Este reglamento histórico pondrá fin al salvaje oeste de las criptomonedas y confirma el papel de la UE como organismo normativo en materia digital”, ha señalado Bruno Le Maire, ministro francés de Economía, Finanzas y Soberanía Industrial y Digital.
Frenar los riesgos
En este sentido, el objetivo es que MiCA proteja a los consumidores contra algunos de los riesgos asociados a la inversión en criptoactivos, y les ayude a evitar esquemas fraudulentos. En la actualidad, los consumidores tienen derechos muy limitados de protección o reparación, especialmente si las transacciones tienen lugar fuera de la UE.
Con las nuevas normas, los proveedores de servicios de criptoactivos tendrán que respetar unos requisitos estrictos para proteger los monederos de los consumidores y serán responsables en caso de que pierdan los criptoactivos de los inversores. Además, explican que MiCA abarcará todo tipo de abuso de mercado relacionado con cualquier tipo de transacción o servicio, especialmente en lo que respecta a la manipulación del mercado y las operaciones con información privilegiada.
Otro aspecto relevante es que los actores del mercado de criptoactivos estarán obligados a declarar información sobre su huella ambiental y climática. Según indican, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) elaborará un proyecto de normas técnicas reglamentarias sobre el contenido, las metodologías y la presentación de la información relacionada con el principal impacto adverso sobre el medio ambiente y el clima. En el plazo de dos años, la Comisión Europea tendrá que presentar un informe sobre el impacto medioambiental de los criptoactivos y la introducción de normas mínimas obligatorias de sostenibilidad para los mecanismos de consenso, incluida la prueba de trabajo.
Desde la Comisión Europea explica que para evitar cualquier solapamiento con la legislación actualizada sobre la lucha contra el blanqueo de capitales (AML), que ahora también cubrirá los criptoactivos, MiCA no duplica las disposiciones contra el blanqueo de capitales establecidas en las normas de transferencia de fondos actualizadas y acordadas el pasado 29 de junio.
Sin embargo, matizan que MiCA exige que la Autoridad Bancaria Europea (ABE) se encargue de mantener un registro público de proveedores de servicios de criptoactivos que no cumplan las normas. Se establece que los proveedores de servicios cuya empresa matriz esté situada en países incluidos en la lista de la UE de terceros países considerados de alto riesgo para las actividades de lucha contra el blanqueo de capitales, así como en la lista de la UE de jurisdicciones no cooperativas a efectos fiscales, deberán aplicar controles reforzados en consonancia con el marco de la UE en materia de lucha contra el blanqueo de capitales. También podrán aplicarse requisitos más estrictos a los accionistas y a la dirección de las CASP), especialmente en lo que respecta a su localización.
Un marco sólido para las stablecoins
En opinión de la UE, “los recientes acontecimientos en los mercados de las llamadas stablecoins mostraron una vez más los riesgos en los que incurren los tenedores en ausencia de regulación, así como los impactos que tiene en otros criptoactivos”.
Por ello, apuestan porque MiCA proteja a los consumidores solicitando a los emisores de stablecoins que constituyan una reserva suficientemente líquida, con una proporción de 1/1 y en parte en forma de depósitos. “El emisor ofrecerá a todos los titulares de las denominadas stablecoin la posibilidad de reclamar en cualquier momento y de forma gratuita, y las normas que regulan el funcionamiento de la reserva también contemplarán una liquidez mínima adecuada. Además, todas las llamadas stablecoins serán supervisadas por la Autoridad Bancaria Europea (ABE), siendo la presencia del emisor en la UE una condición previa para cualquier emisión”, señalan
“El desarrollo de tokens referenciados a activos (ART) basados en una moneda no europea, como medio de pago ampliamente utilizado, se verá limitado para preservar nuestra soberanía monetaria. Los emisores de ARTs tendrán que tener un domicilio social en la UE para garantizar la adecuada supervisión y control de las ofertas al público de tokens referenciados a activos”, añaden desde la institución europea.
Normas para proveedores
Según el acuerdo provisional que se ha alcanzado, los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) necesitarán una autorización para poder operar en la UE. Las autoridades nacionales deberán emitir las autorizaciones en un plazo de tres meses. En lo que respecta a los mayores CASP, las autoridades nacionales transmitirán periódicamente la información pertinente a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM).
Por ahora, los tokens no fungibles (NFTs), es decir, los activos digitales que representan objetos reales como el arte, la música y los vídeos, quedarán excluidos del ámbito de aplicación, excepto si entran en las categorías de criptoactivos existentes. “En un plazo de 18 meses, la Comisión Europea se encargará de preparar una evaluación exhaustiva y, si se considera necesario, una propuesta legislativa específica, proporcionada y horizontal para crear un régimen para los NFTs y abordar los riesgos emergentes de este nuevo mercado”, matizan.
Próximos pasos
Por último, destacan que en el desarrollo de esta normativa, la UE ha buscado un equilibrio entre la seguridad jurídica y la innovación tecnológica. Para que arranque este marco normativo, el acuerdo deberá ser aprobado por el Consejo y el Parlamento Europeo, antes de pasar por el procedimiento formal de adopción.