La Superintendencia de Pensiones de Chile ha puesto en consulta pública una nueva norma complementaria a la actual regulación sobre traspaso de afiliados entre administradoras de fondos de pensiones, mediante la cual se busca facilitar y simplificar el traspaso seguro entre AFP. Para esto, se permitirá efectuar dichas transacciones sin necesidad de que exista un enrolamiento previo por parte del usuario o que éste con anterioridad deba obtener una clave de seguridad, como ocurre hoy.
El objetivo de la norma es facilitar la selección de AFP por parte de los afiliados que decidan cambiarse, incentivando de esta forma la competencia entre administradoras y que los trabajadores premien a aquellas que les brinden un mejor servicio, cobren menores comisiones y/o le otorguen mayor rentabilidad a sus ahorros previsionales. Esto contribuirá a que las gestoras previsionales se esfuercen en atraer a los afiliados mediante un mejor desempeño.
Para lo anterior, las AFP deberán disponer de dispositivos de identificación biométrica u otros mecanismos autorizados de autentificación remota, así como también podrán desarrollar aplicaciones APP para implementar el traspaso electrónico. Los instrumentos o medios electrónicos utilizados deberán contar con certificados de eficiencia (que aseguren que la autentificación de los usuarios es correcta). Estos deberán ser otorgados por entidades especializadas y presentados a la SP. En todo caso, se mantendrán las alternativas actuales de traspaso en papel y en agencia.
El nuevo modelo también permite mitigar los riesgos del proceso comercial y dotar de mayor seguridad a la operación. Esto, por cuanto al asegurar que afiliado y vendedor estén presentes durante el traspaso se garantiza la autenticidad de la transacción, se mitiga el riesgo de suplantación de identidad, se registra la trazabilidad de la transacción, permitiendo la auditoría de las solicitudes, y se contribuye a una fiscalización más eficaz y oportuna.
La instrucción de la SP señala que las administradoras de fondos de pensiones tendrán un plazo de ocho meses para incorporar las herramientas y mejoras tecnológicas necesarias que garanticen el cumplimiento de la normativa.
Utilizando el mismo mecanismo de autentificación remota, la AFP de destino deberá asegurar la verificación automática de la identidad del afiliado y, en caso que corresponda, del vendedor que está realizando la operación de traspaso. Las transacciones se podrán realizar desde un computador de escritorio, smartphone, tablet u otro dispositivo con conexión a internet.
La norma se basa en la interacción de las AFP en una plataforma única, en la que al afiliado que está efectuando el cambio a través del sitio web se le presentará información relativa a las comisiones y la rentabilidad de los últimos 36 meses de los fondos de pensiones. La plataforma también dará acceso a la herramienta web “Infórmate y Decide”, ubicada en el sitio www.spensiones.cl, y que permite comparar distintos aspectos de la calidad de servicio de las administradoras.
A partir de lo anterior, se reducirán a sólo tres los pasos para que el afiliado pueda concretar el cambio de AFP: (i) El afiliado ingresa y se autentifica en la plataforma de la AFP de destino; (ii) Escoge los saldos a transferir y acepta la transacción; (iii) Puede requerir traspasar todos sus saldos de inmediato o sólo algunos de ellos.
La propuesta normativa estará disponible a partir de hoy en el sitio web de la SP, www.spensiones.cl, para recibir comentarios del público y agentes del mercado hasta el 14 de septiembre de este año.