El Comisariado de Seguros (Commmissariat aux Assurances – CAA) de Luxemburgo ha aprobado la circular 15/3, que entró el vigor el pasado 1 de mayo, y que introduce elementos de flexibilidad en la contratación de primas de seguros asociadas a fondos internos dedicados.
Para Nicolas Limbourg, CEO de Vitis Life, las nuevas circulares del Comisariado de Seguros, «dan más flexibilidad a los clientes puesto que ya no se les exige invertir por cada contrato dedicado una prima mínima de 250.000 euros y tampoco se les exige una salida de los FID (Fondos Internos Dedicados) en el caso de que una solicitud de rescate parcial redujera la Reserva de la Póliza hasta un importe inferior a 250.000 euros. Se trata de pequeños pasos que permiten satisfacer las necesidades específicas y cotidianas de los clientes de compañías de seguros de vida y proponer esas soluciones a un volumen más amplio de clientes potenciales».
En este sentido, afianza la tendencia del año 2015, que comenzó con buenos auspicios con la reducción de los límites necesarios para la inversión en fondos internos dedicados (FID), vehículos financieros que consisten en inversiones directas gestionadas de forma discrecional.
La circular 15/3 del CAA convierte al tomador del seguro en un punto determinante de la clasificación, que se define, como antes, en función de la prima abonada y de su capital mobiliario. La misma contempla las siguientes categorías:
• Categoría N: se asigna por defecto.
• Categoría A: «entrarán en la categoría A los tomadores de seguros que inviertan un mínimo de 125.000 euros en el conjunto de sus contratos firmados con la aseguradora y que, según su declaración, posean un capital mobiliario igual o superior a 250.000 euros».
• Categoría B: «entrarán en la categoría B los tomadores de seguros que inviertan un mínimo de 250.000 euros en el conjunto de contratos firmados con la aseguradora y que, según su declaración, posean un capital mobiliario igual o superior a 500.000 euros».
• Categoría C: «entrarán en la categoría C los tomadores de seguros que inviertan un mínimo de 250.000 euros en el conjunto de sus contratos firmados con la aseguradora y que, según su declaración, posean un capital mobiliario igual o superior a 1.250.000 euros».
• Categoría D: «entrarán en la categoría D los tomadores de seguros que inviertan un mínimo de un 1.000.000 de euros en el conjunto de sus contratos firmados con la aseguradora y que, según su declaración, posean un capital mobiliario igual o superior a 2.500.000 euros».
En cuanto a las reglas aplicables a los fondos internos dedicados, una póliza podrá incluir más de un fondo dedicado, a condición de que la inversión en cada uno de dichos fondos alcance 125.000 euros. Los activos representativos de un fondo dedicado particular se gestionarán por un gestor único y se depositarán en una cuenta bancaria única en un único banco.
La circular regula también el fondo de seguros especializado, que es un fondo interno distinto de un fondo dedicado, de gestión directa o no, que no ofrece rentabilidad garantizada y sirve como soporte para un único contrato. En su apartado número 4 recoge que se podrá utilizar un fondo de seguros especializado sin condición de prima o capital; asimismo, en función de la clasificación del tomador del seguro, se deberán respetar los límites de inversión recogidos en el texto.
Por último, cada activo de un fondo de seguros especializado se elegirá directamente por el tomador del seguro durante el pago de la prima inicial, adicional o durante las operaciones de compraventa de las unidades de un fondo de inversión (operaciones de arbitraje). No se aplicará ninguna restricción con respecto al uso de instrumentos derivados, siempre que se puedan calificar como instrumentos financieros, en los fondos de seguros especializados para los tomadores de seguros de la categoría D.