La ESMA publica una consulta dirigida al desarrollo del proyecto de normas técnicas (RTS) del reglamento de índices (BMR). Las normas técnicas son analizadas a través de cinco aspectos (mecanismos de gobernanza, metodología utilizada por el administrador, notificación de infracciones, administración obligatoria de un índice crítico e índices no significativos), en los que se incluyen los antecedentes y fundamentos jurídicos, las propuestas de norma y una serie de preguntas, explican desde finReg 360.
Las RTS incluidas en la consulta desarrollan el reglamento de índices a raíz de las modificaciones del Reglamento (UE) 2019/2175, que obliga a la ESMA a desarrollar nuevos RTS. Los cinco aspectos sometidos a consulta sobre los cuales se ha elaborado cada borrador de RTS son:
1. Mecanismos de gobernanza
De acuerdo con el artículo 4 del BMR, el administrador del índice deberá disponer de mecanismos de gobernanza sólidos con una estructura de organización clara, unos roles y responsabilidades bien definidos y un nivel alto de transparencia y coherencia.
En este sentido, subraya ESMA, “el proyecto de norma técnica pretende definir requisitos concretos que garanticen la robustez de dichos mecanismos de gobernanza”.
2. Metodología utilizada por el administrador
La ESMA define, en el segundo proyecto de norma técnica, que la metodología utilizada por los administradores de índices de referencia, de acuerdo con el artículo 12, apartado 1 del BMR, debe cumplir con una serie de características.
Estas son: ser sólida y fiable; responder a normas claras que identifiquen cómo y cuándo se podrá dar la discrecionalidad en la determinación; ser rigurosa, continua y susceptible de validación; ser resistente y asegurar que el índice puede ser calculado en la mayoría de las circunstancias, sin comprometer su integridad; y ser trazable y verificable.
3. Notificación de infracciones
“Los administradores de índices deben implementar unos sistemas de control que garanticen la integridad de los datos e identifiquen posibles manipulaciones, tal como indica el artículo 14, apartado 1 de BMR”, subrayan desde ESMA. Así, ante la identificación de estas conductas, los administradores lo comunicarán inmediatamente a la autoridad nacional competente. ESMA define manipulación de acuerdo con el artículo 12, apartado 1(d) del reglamento sobre abuso de mercado (MAR).
Además, el proyecto de RTS regula los sistemas adecuados y los controles eficaces para garantizar la integridad de los datos de entrada, la adecuada evaluación del riesgo, el monitoreo que prevenga una manipulación o intento de manipulación de los datos, el proceso de notificación a las funciones de supervisión, la formación, y la política de integridad de datos.
4. Administración obligatoria de un índice crítico
En el caso de que un administrador de un índice de referencia crítico tenga la intención de dejar de elaborarlo, de acuerdo con el artículo 21 del BMR, deberá comunicarlo a la autoridad competente del índice y esta deberá evaluar, en un plazo de cuatro semanas, cómo debe traspasarse el índice a un nuevo administrador o si debe dejar de elaborarse.
Además, el borrador de RTS fija los criterios que la autoridad competente ha de considerar para elaborar esa evaluación.
5. Índices no significativos
Para el caso de índices no significativos, la ESMA establece que el administrador del índice puede decidir no cumplir con ciertas obligaciones regulatorias siempre que elabore una declaración de cumplimiento en la que se justifique esa decisión.
En esta situación, el proyecto de norma técnica establece una serie de criterios a seguir para las autoridades competentes a la hora de revisar dicha declaración y exigir, si procede, que se cambie. Estos son los posibles conflictos de intereses, el proceso de supervisión, el marco de control de la publicación del índice, el marco de rendición de cuentas, el nivel de control de los datos de entrada, la transparencia de la metodología, y los requisitos de los contribuyentes.
La fecha límite para remitir las respuestas de los interesados es el 9 de mayo.