La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) ha desarrollado los actos delegados, publicados el 8-11-2022 en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), que complementan el Reglamento (UE) 2020/1503 1, sobre la financiación participativa de las empresas, también conocida por el término inglés crowdfunding.
Según explican los expertos de finReg360, en total, se han aprobado nueve reglamentos delegados y cuatro reglamentos de ejecución, que desarrollan distintos aspectos de esta normativa y de la que componen el nivel 2.
La firma ha realizado un resumen y un listado de los reglamentos publicados y los aspectos más relevantes de cada uno de ellos, y se vinculan como documentos relacionados:
- Reglamento Delegado (UE) 2022/2111 2: especifica los requisitos relativos a los conflictos de intereses de los proveedores de servicios de financiación participativa, y expone la necesidad de estos implanten normas internas para asegurar la prevención, detección y gestión de conflictos de intereses, que sean adecuadas a la naturaleza, escala y complejidad de los servicios prestados, y también al tamaño y organización de las actividades que realice.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/2112 3: especifica los requisitos y modalidades de la solicitud de autorización como proveedor de servicios de financiación participativa, e incluye en su anexo un listado de la información que deberá presentar a la autoridad competente de cada Estado miembro.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/2113 4: detalla las normas aplicables al intercambio de información de los proveedores europeos de servicios de financiación participativa entre las autoridades competentes, en relación con las actividades de investigación, supervisión y control.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/2114 5: concreta la información que deberá recabarse de los inversores potenciales no experimentados en la prueba inicial de conocimientos y la simulación de la capacidad de soportar pérdidas, así como el tratamiento de esa información, y recoge una serie de normas técnicas para la plataforma de crowdfunding, incluidas las advertencias de riesgo convenientes según las respuestas del potencial inversor.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/2115 6: indica el método para calcular las tasas de impago de los préstamos ofrecidos en una plataforma de financiación participativa, y particulariza la obligación del proveedor de servicios de financiación participativa de asegurar la coherencia y adecuación de los datos utilizados para ese fin.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/2116 7: precisa las medidas y los procedimientos del plan de continuidad de las actividades de los proveedores de servicios de financiación participativa y su contenido mínimo, y señala que el plan de continuidad de las actividades ha de asegurar que los servicios esenciales, incluida la externalización a terceros, siguen prestándose a pesar de la insolvencia del proveedor de servicios de financiación participativa o del tercero al que se hayan externalizado los servicios esenciales.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/2117 8: recopila los requisitos, los modelos y los procedimientos para tramitar las reclamaciones, e incluye en su anexo el modelo para presentar reclamaciones al proveedor de servicios de financiación participativa.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/2118 9: relaciona las normas aplicables a la gestión individualizada de carteras de préstamos por los proveedores de servicios de financiación participativa; es decir, el método para evaluar los riesgos de crédito, la información sobre cada cartera de préstamos que se ha de comunicarse a los inversores, y las políticas y procedimientos para los fondos de contingencia.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/2119 10: detalla las normas relativas a la ficha de datos fundamentales de la inversión, para homogeneizar el formato y la información que debe incluir, a fin de poder comparar las fichas de las distintas ofertas de financiación participativa y la interoperabilidad y transparencia de los datos.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2120 11: contiene las normas y formatos de los datos, de las plantillas y de los procedimientos para informar sobre los proyectos financiados a través de plataformas de financiación participativa, para que la AEVM pueda agregar y comparar los datos y elaborar estadísticas del mercado de financiación participativa de la Unión.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2121 12: recoge los modelos de formularios y de las plantillas y los procedimientos para que las autoridades nacionales competentes y la AEVM cooperen e intercambien información sobre los proveedores europeos de servicios de financiación participativa.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2122 13: reproduce similar contenido al anterior, pero referido a la cooperación y el intercambio de información entre las autoridades competentes sobre los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2123 14: normaliza los modelos de formularios y de plantillas y los procedimientos para que las autoridades competentes notifiquen a la AEVM los requisitos nacionales de comercialización aplicables a los proveedores de servicios de financiación participativa.
Por último, desde finReg360 recuerdan que estos reglamentos serán obligatorios y directamente aplicables en cada Estado miembro desde el 28 de noviembre de 2022.