La CNMV publica los supuestos en los que no exigirá el establecimiento de sucursal para prestar servicios en España

Plan de Actividades de 2021

Fecha:

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Pixabay CC0 Public Domain. La CNMV publica los supuestos en los que no exigirá el establecimiento de sucursal para prestar servicios en España a terceros estados

Autor: Sofia Cisneros

No exigirá el establecimiento de sucursal cuando exista reciprocidad en el país de origen, de forma que una entidad de crédito o empresa de servicios de inversión española pueda prestar servicios de inversión en el referido país, bajo condiciones similares a las previstas en la normativa española

Las empresas de terceros estados podrán prestar servicios sin establecimiento de sucursal a clientes domiciliados en España siempre que tengan la naturaleza de contrapartes elegibles

Se abre una ventana en la que, a juicio de la CNMV, resulte adecuado conceder la autorización para la prestación de servicios de inversión a clientes sin el establecimiento de sucursal