El supervisor de mercados de valores español, la CNMV, está estudiando, junto al Ministerio de Economía, realizar algunos cambios en la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva para mejorar la competitividad de la industria española de fondos de inversión y aumentar los canales de financiación de las empresas españolas a través de los fondos alternativos. Así lo anunció su presidenta, Elvira Rodríguez, en el marco del V Encuentro Nacional de la Inversión Colectiva, bajo el título “Evolucionando hacia la recuperación” y organizado por APD, Deloitte e Inverco.
“La CNMV está trabajando en identificar algunos aspectos de la normativa española que suponen requisitos adicionales a los de la industria de gestión europea, para analizar si están o no justificados y en ese segundo caso eliminarlos”, afirmó, con el objetivo de asegurar que se respetan las normas de competencia y que los productos españoles pueden competir en igualdad de condiciones con los europeos.
Esos cambios podrían realizarse aprovechando las modificaciones que el legislador ha de realizar en la ley de IIC para trasponer la directiva de gestión alternativa europea (AIMFD) al marco jurídico español. La CNMV también podría aprovechar ese momento de cambios para propiciar que los vehículos alternativos puedan participar en la financiación directa de las empresas, mediante la inversión en facturas o préstamos, aumentando así las alternativas de las compañías españolas a la financiación bancaria. Un objetivo que trata también de conseguirse mediante el recientemente creado mercado de renta fija alternativa (MARF).
Esas dos propuestas podrían incorporarse aprovechando la revisión que ha de hacerse en la ley de IIC para incorporar la legislación europea sobre vehículos alternativos. Así, como consecuencia de la aplicación de la AIMFD, se mofidicará la ley para regular las IIC alternativas con carácter abierto, es decir, que aceptan suscripciones y reembolsos. La regulación de los vehículos de capital riesgo cerrados quedará apartada, bajo un segundo anteproyecto. Los dos anteproyectos legislativos (el que modifica el régimen de los vehículos alternativos abiertos y que quedará dentro de la ley de IIC y el anteproyecto sobre los vehículos cerrados, aparte) están en proceso de aprobación, por lo que no se puede decir que España haya traspuesto aún la AIMFD. Sin embargo, el reglamento europeo sobre gestión alternativa ya es aplicable desde el 22 de julio, lo que permite a los fondos europeos con este pasaporte comercializarse en España con una simple notificación a la CNMV.
Rodríguez también aprovechó su ponencia en el evento para mostrar su confianza en que la aprobación de las cuentas ómnibus el pasado 23 de octubre, “dinamizará la industria y permitirá una distribución cruzada”. Así, las IIC españolas podrán usar el mismo tipo de cuentas globales que utilizan los fondos internacionales distribuidos en España.
Supervisión preventiva
Además de su trabajo en la trasposición de la directiva alternativa europea o la aprobación de las cuentas ómnibus, la CNMV también está inmersa en un ejercicio de supervisión preventiva de la industria de fondos. Con el objetivo de transmitir una “sensación de protección del partícipe”, según Rodríguez, viene trabajando en dos ámbitos: reforzar la transparencia en los fondos con rentabilidad objetivo no garantizados, tanto a la hora de comercializarlos (con una información que deje claro que no son productos garantizados) como a la hora de asegurar que la estructura de su cartera permite la consecución del objetivo de rentabilidad, sin que esté en riesgo por potenciales suscripciones o reembolsos. En un segundo ámbito, la CNMV está revisando el método con el que se calcula el indicador de riesgos que aparece en el folleto simplificado de todos los fondos, porque “un cálculo incorrecto puede llevar a tomar decisiones incorrectas”, dice Rodríguez.
“La CNMV trata de sentar las bases para un crecimiento sólido de la industria de inversión colectiva, basado en la transparencia, la gestión de los conflictos de interés, la creación de productos que satisfagan las necesidades de los inversores y que no sean complejos, un control sólido que evite perjuicios al inversor y una correcta comercialización para que el inversor conozca las características del producto en el que invierte”, dice Rodríguez. Todo, para crear una industria que “tenga al inversor en el centro de la toma de decisiones y actúe en su interés”.
Normativa europea
En cuanto a la regulación internacional, Rodríguez destacó el proyecto MiFID II, que aún no ha concluido si considerará complejos algunos productos UCITS pero sí parece claro que prohibirá el cobro de retrocesiones a los asesores independientes; el proyecto UCITS V, que regulará la función del depositario, la remuneración de los gestores y el régimen sancionador; y el proyecto europeo para regular los fondos monetarios, con el objetivo de controlar el llamado shadow banking y evitar que transmitan el riesgo sistémico. “Esperamos que el regulador sea proporcional y afecte solo a los fondos que puedan transmitir este riesgo”, afirmó, refiriéndose a los monetarios con valor liquidativo constante.