Las empresas de servicios de inversión y entidades de crédito españolas tienen un gran frente abierto en materia de regulación. En los próximos dos años, no solo tendrán que adaptarse para cumplir los requisitos que exige la directiva europea MiFID II -y que cuando se trasponga afectará a su sistema de remuneración o a la formación de sus profesionales, entre otros temas-, sino que también, y en esa línea, tendrán que cumplir con la normativa que prepara el supervisor de mercados como antesala de dicha regulación y que tiene como objetivo mejorar la conducta de las entidades para evitar escándalos como algunos vividos en los últimos años.
En este sentido, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), acaba de poner en marcha la consulta de una nueva circular que pretende intensificar la supervisión del cumplimiento de las normas de conducta por parte de las empresas de servicios de inversión y entidades de crédito. Bancos, cajas, agencias y sociedades de valores, sociedades gestoras de carteras y EAFIs, entre otras entidades, estarán sujetas a un mayor control por parte del supervisor, y tendrán que remitir mayor información reservada, una vez salga adelante la circular.
Entre las medidas previstas destaca anticipar el reporte (se anticipa en un mes el plazo máximo de rendición de estados anuales) y aumentar la frecuencia con que las entidades presentan determinados estados reservados (en el caso de entidades con un elevado volumen de clientes minoristas o que comercialicen activamente instrumentos complejos, se añade al reporte anual vigente el reporte trimestral de los estados reservados relativos a la colocación, recepción, transmisión y ejecución de órdenes). Se añade también información descriptiva relevante respecto a algunas características de los instrumentos financieros que antes no se pedía.
Para implantar estos cambios se inició ayer la consulta pública de una nueva Circular, por la que se modifican las Circulares 1/2010 de 28 de julio de información reservada de las entidades que prestan servicios de inversión y 7/2008, de 26 de noviembre, sobre normas contables, cuentas anuales y estados de información reservada de las empresas de servicios de inversión, sociedades gestoras de IIC y sociedades gestoras de entidades de capital-riesgo.
Ampliar y homogeneizar la información
Otros objetivos de la modificación propuesta son ampliar y homogeneizar la información, según indicaba el supervisor en un comunicado. Por un lado, se pretende ampliar la información disponible respecto a las características de los instrumentos financieros comercializados a los clientes minoristas, especialmente de aquellas que permitan evaluar su grado de complejidad. Además, el objetivo es homogeneizar otra información que se venía recabando para mejorar su comparabilidad, facilitar su tratamiento y evitar duplicidades.
La nueva norma incrementa la periodicidad con que las entidades que cuenten con un elevado volumen de clientes minoristas -más de 10.000- o las que se muestren más activas en la comercialización de instrumentos complejos a minoristas -compras trimestrales superiores a 20 millones de euros sin contar derivados, o compras trimestrales sobre derivados superiores a 100 millones de euros- deberán remitir los estados relativos a colocación, recepción, transmisión y ejecución de órdenes con carácter trimestral, además de anual. Por ello, este punto solo afecta a las entidades que pueden recibir, transmitir o ejecutar órdenes, algo que no realizan empresas que solo asesoran, como las EAFIs.
En los estados relativos a colocación, recepción, transmisión y ejecución de órdenes de clientes minoristas se solicitan detalles nuevos sobre el vencimiento de los productos, porcentajes de garantía u objetivos de rentabilidad y se añade información sobre el resultado de las evaluaciones realizadas. También se incorporan y desglosan los importes de las operaciones realizadas por carteras gestionadas.
Con ello se persigue una mayor eficiencia en el desarrollo de una actuación supervisora temprana y preventiva. Con esa misma finalidad se adelanta un mes el plazo máximo de presentación de todos los estados anuales, que pasa a ser el primer mes de cada año natural.
Información más precisa
Además se modifican algunos modelos de estados reservados solicitando información más precisa respecto a las características de los instrumentos financieros, en especial aquellas que permiten identificar el grado de complejidad de los mismos. Se amplía la información en los estados sobre la tipología de clientes, los incentivos, el patrimonio bajo gestión, así como la relacionada con la prestación del servicio de asesoramiento en materia de inversión, que pasa a desglosarse en patrimonio asesorado y detalle de las recomendaciones emitidas, incluyendo información respecto a su ejecución final.
La nueva circular modifica también el estado reservado sobre reclamaciones presentadas por clientes, que en adelante incorporará un mayor detalle de los instrumentos financieros así como los motivos por los que los clientes minoristas las presentaron.
A consulta pública hasta el 22 de septiembre, el proyecto supone también una actualización de la información contenida en otros estados reservados reportados por las empresas de servicios de inversión para homogeneizarla, facilitar su comparación y evitar duplicidades, según indica la CNMV en un comunicado.
Puede acceder al documento a consulta en el siguiente enlace