El pasado 12 de septiembre, la CNMV, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento nº 1095/2010 que regula la creación de la ESMA y que establece, entre otras, la obligación de las autoridades competentes de confirmar si tienen la intención de cumplir con las directrices que publique la ESMA, ha notificado a esta última su intención de cumplir con las «Directrices sobre prácticas de venta cruzada» que fueron publicadas en la página web de la ESMA el pasado 22 de diciembre de 2015 (11 de julio en su versión en castellano), y que serán de aplicación a partir del 3 de enero de 2018, según explica Ana García Rodríguez, socia responsable del Departamento bancario y financiero en la oficina de Madrid de Baker & McKenzie.
“Tal y como recita la comunicación de la CNMV de 13 de septiembre de 2016 informativa de la intención de adoptar las directrices, éstas recogen principios sobre la forma en que deben actuar las empresas que prestan servicios de inversión cuando ofrezcan a sus clientes un servicio de inversión junto con otro servicio o producto como parte de un paquete, o como condición para el mismo acuerdo o paquete”, explica la experta.
En particular, las directrices recogen principios para mejorar la información que se le proporcione al cliente, en relación con el precio, los costes y las características y riesgos del paquete y de sus componentes, así como sobre la posibilidad de comprar los productos que componen el paquete por separado.
Además, para mejorar la protección del inversor, se establecen principios para reducir el riesgo de que las estructuras de remuneración del personal de venta puedan perjudicar el deber de la entidad de actuar en el mejor interés del cliente. Asimismo, las directrices abordan aspectos como la formación del personal y los derechos de cancelación anticipada, explican desde Baker.
“En consecuencia, la CNMV va a tener en cuenta estas directrices y prestará atención, en el ámbito de sus competencias de supervisión, a la aplicación de estos principios cuando las empresas de servicios de inversión comercialicen paquetes de productos en los que alguno de ellos sea un instrumento financiero del ámbito de la Directiva MiFID”, añade.