La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha aprobado la Circular 4/2018, de 27 de septiembre, por la que se modifican la Circular 1/2010, de 28 de julio, de información reservada de las entidades que prestan servicios de inversión y la Circular 7/2008, de 26 de noviembre, sobre normas contables, cuentas anuales y estados de información reservada de las empresas de servicios de inversión, sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva y sociedades gestoras de entidades de capital riesgo.
La nueva circular, que ha sido previamente sometida a consulta pública, tiene como principales objetivos, los siguientes.
En primer lugar, actualizar los modelos de información reservada establecidos en la Circular 1/2010, que presentan tanto entidades de crédito como ESI, para recabar información sobre nuevos aspectos que incorpora la normativa MiFID II, tales como, por ejemplo, las nuevas modalidades de prestación del servicio de asesoramiento en materia de inversión (independiente y no independiente) o la venta cruzada.
También se incrementa la información sobre los instrumentos financieros que mantienen los clientes en los intermediarios, que pasa a facilitarse detallada por instrumento. Finalmente, también se introducen otras actualizaciones menores, a la luz de la experiencia acumulada desde la última modificación.
En segundo lugar, trata de actualizar los modelos de estados reservados de las ESI, para recabar información sobre los siguientes aspectos: en primer lugar, las actividades accesorias que puedan desarrollar.
En segundo término, la categoría de activos líquidos en los que invierten los saldos transitorios de clientes y las garantías recibidas de los mismos, y por último, el cálculo de los requisitos de capital por gastos fijos generales.
La primera información reservada de la Circular 1/2010, de 28 de julio, a remitir ajustada a los nuevos modelos será la correspondiente al periodo de actividad comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2019, a presentar hasta el 20 de abril de 2019. Por lo que respecta a las modificaciones introducidas en la Circular 7/2008, la primera información ajustada a los nuevos modelos será la correspondiente al 30 de abril de 2019, a presentar hasta el 20 de mayo de 2019.