Financial Industry Regulatory Authority (FINRA) ha emitido un aviso recordando a las entidades asociadas que sus clientes tienen derecho a solicitar el arbitraje del foro arbitral del organismo autoregulador en cualquier momento, y que no pierden ese derecho –según las normas de este- con la firma de ningún acuerdo seleccionando un foro diferente del de FINRA para la resolución de disputas.
Además, recuerda que su reglamento no permite a las firmas requerir de personas asociadas una dispensa al derecho de arbitraje bajo el reglamento de FINRA a través de un acuerdo previo de resolución de disputas.
La falta de cumplimiento por parte de una firma del reglamento relativo a los acuerdos previos de arbitraje con clientes o con otros terceros, o la no presentación de disputas al arbitraje de FINRA según sus normas, estaría violando estas y, por tanto, sujeta a acciones disciplinarias.