Con la presencia de cientos de ejecutivos, empresarios e inversores, se llevó a cabo la conferencia virtual titulada “Tributación en Argentina y Uruguay. Inversiones en el exterior”, organizada por CFA Society Uruguay junto a CFA Society Argentina, KPMG, WTC Montevideo Free Zone y World Trade Center Punta del Este.
La actividad tuvo como objetivo abordar el tratamiento impositivo de inversiones fuera de fronteras para residentes uruguayos y argentinos, así como las condiciones impositivas para adoptar la residencia fiscal a nivel local y en el país vecino.
“Contribuir con eventos de calidad y actualidad para nuestros miembros, el sector financiero y el sector empresarial en general, es parte fundamental de nuestra misión. Los temas tributarios han pasado a tomar un rol central a la hora de tomar decisiones de inversión, cobrando gran relevancia en el mundo y en la región”, expresó al dar la bienvenida al evento Bárbara Mainzer, presidenta de CFA Society Uruguay, que forma parte de CFA Institute, la principal asociación de profesionales de inversión del mundo.
Los oradores a cargo de la actividad, el director, Tax & Legal de KPMG Uruguay, Dr. Jorge Bentancur; el Socio Tax & Legal de KPMG Uruguay, Cr. Gustavo Melgendler; el gerente Senior, Tax & Legal de KPMG Argentina, Cr. Pablo Coccorullo; y el Socio Tax & Legal de KPMG Argentina, Cr. Rodolfo Canese Méndez, fueron los encargados de analizar cómo la presión tributaria y la complejidad de los sistemas impositivos se han incrementado, pasando a tener un rol prioritario en la planificación financiera.
Los expertos uruguayos iniciaron la jornada desarrollando el tratamiento tributario a nivel local de rendimientos y activos del exterior, explicando cuál es el sistema de imposición de rentas extranjeras según el tipo de renta o activo, tanto para residentes como no residentes, brindando ejemplos de rendimientos del capital mobiliario en el exterior, así como de las inversiones realizadas a través de entidades en jurisdicciones de Bajo o Nula Tributación (BONT) y no BONT.
Melgendler indicó que se produjo un “cambio en la legislación nacional a partir del año 2011, que determinó que el rendimiento de capital mobiliario en el exterior se empezara a gravar al 12%, con el beneficio para quienes tomen la residencia uruguaya”, que comenzarían a pagarlo a partir del sexto año. En cambio, “el rendimiento de capital inmobiliario y los incrementos patrimoniales en el exterior no están gravados, al igual que el Impuesto al Patrimonio”, agregó.
Por su parte, los expositores argentinos realizaron un resumen comparativo del tratamiento tributario en ambos países, analizando la importancia de contar con la residencia fiscal en Uruguay, cómo se obtiene, cómo se procede en caso de tener doble residencia fiscal y los diversos aspectos de las recientes reformas aplicadas por la administración argentina en la materia.
“Con una creciente presión tributaria y niveles de información en aumento, el panorama impositivo en Argentina se presenta cada vez más complejo, obligándonos a entenderlo en detalle y a estar al día con las novedades fiscales. Por ello, se observa un escenario de grandes riesgos de cumplimiento y posibles sobrepago de impuestos, pero a la vez, de grandes oportunidades para planificar y hacer más eficientes las inversiones”, explicó Coccorullo.
Entre los factores positivos, resaltaron la eliminación del Impuesto a las Ganancias a los Títulos Públicos, Fondos Comunes de Inversión y las Obligaciones Negociables de Argentina negociados en el país; la eliminación parcial del Impuesto a las Ganancias sobre el rendimiento a los Títulos Públicos y las Obligaciones Negociables de Argentina negociados en el exterior y del impuesto cedular que restringía el cómputo de quebrantos de diferentes especies. Además, se eliminó el Impuesto a las Ganancias a Inversiones en pesos, pero se mantuvo por 2019 la opción de imputar al costo el interés obtenido por los Títulos Argentinos.
Entre los aspectos negativos, en tanto, se destacaron el incremento significativo del Impuesto sobre los Bienes Personales, el incremento de la alícuota del Impuesto a las Ganancias a Plazos Fijos en moneda extranjera y el cambio del concepto de residencia para Bienes Personales. Por otra parte, se mantuvo el Impuesto cedular para Dividendos, Enajenación de valores en el exterior y Venta de Inmuebles, mientras que se incorporó el Impuesto PAIS del 30% a erogaciones en moneda extranjera y nuevos conceptos al Impuesto sobre los Bienes Personales: Bienes en expectativa, Elusión y/o evasión.
Acerca del proyecto del Impuesto Patriótico, que también forma parte de la reforma, Canese señaló que “según versiones periodísticas y un borrador que hemos visto, lo van a aportar aquellos que tienen un patrimonio superior a tres millones de dólares”.
Al finalizar la conferencia, se abrió un espacio de preguntas en el que los asistentes plantearon sus dudas, que fueron abordadas entre los cuatro oradores.