La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha publicado la actualización de las directrices sobre los escenarios utilizados para las pruebas de resistencia en virtud del Reglamento sobre fondos del mercado monetario (FMM). Estas directrices establecen unas pautas comunes para que los fondos del mercado monetario lleven a cabo pruebas de resistencia que determinen posibles hechos o cambios futuros en la coyuntura económica que puedan tener repercusiones negativas sobre estos.
Desde la Comisión Nacional del Mercado de Valores ya se ha notificado a ESMA la intención de cumplir estas directrices que tendrán en consideración en los procedimientos de supervisión y, en particular, las calibraciones para 2019. Estas directrices se publicaron por primera vez el 21 de marzo de 2018 y entraron en vigor el 21 de julio del mismo año, salvo para los OICVM y FIA ya existentes, donde no se hicieron efectivas hasta el 21 de enero de 2019.
Con esta actualización se incluye en las directrices la calibración específica de las pruebas de resistencia para el ejercicio 2019 y se han actualizado los apartados 4.8 y 5 de las mismas. Estas calibraciones específicas se actualizarán, como mínimo, anualmente. Los escenarios evaluarán cómo afectan los distintos factores tanto a la cartera o el valor liquidativo del fondo del mercado monetario, como a los grupos de activos por liquidez del fondo del mercado monetario y/o la capacidad de hacer frente a las solicitudes de reembolso de los inversores.
Como resultado, se obtendrán escenarios de referencia comunes que se incluirán en el modelo de informe mencionado en el artículo 37.4 del Reglamento 2017/1131, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre fondos del mercado monetario. De este modo, en los estados de información requeridos en el artículo 37 correspondientes al primer trimestre de 2020 deberán incluirse los resultados de las pruebas de resistencia que incluyan la calibración para 2019. De acuerdo a ESMA, este reporting del primer trimestre de 2020, junto con el del segundo trimestre de 2020, deberá remitirse a las autoridades nacionales en septiembre de 2020.
Estas directrices han sido emitidas al amparo del artículo 16 del Reglamento Nº 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2010 que regula la creación de ESMA, donde se establece que las autoridades competentes y los participantes en los mercados financieros harán todo lo posible para atenerse a estas. Asimismo, el reglamento de ESMA también establece la obligación de las autoridades competentes de confirmar si tienen intención de cumplir con las directrices que publique ESMA.