El régimen de los fondos de inversión a largo plazo europeos (ELTIF) fue introducido por el Reglamento 2015/760 de la UE, de 29 de abril de 2015, relativo a los ELTIF. El siguiente paso llegó el 25 de noviembre de 2021, cuando la Comisión Europea presentó su paquete de medidas sobre la Unión de los Mercados de Capitales, que incluía la revisión del citado Reglamento. ¿En qué punto estamos ahora?
El 7 de diciembre de 2022, el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento de la UE acordaron provisionalmente un proyecto de paquete de compromiso global para el Reglamento por el que se modifica el Reglamento ELTIF, conocido como ELTIF 2.0. Según explican desde la Asociación de la Industria de Fondos de Luxemburgo (Alfi, por sus siglas en inglés), este texto ha sido posteriormente aprobado por la comisión ECON del Parlamento de la UE el 12 de enero de 2023, y puede consultarse aquí.
“El texto sigue estando sujeto a la aprobación formal individual de los colegisladores de la UE. El Parlamento de la UE ha previsto indicativamente mediados de febrero de 2023 para aprobar el ELTIF 2.0.”, matizan desde la asociación profesional. Mientras el sector espera con impaciencia la revisión de la normativa sobre los FILPE, los gestores de activos se están preparando para empezar a actualizar su oferta de productos con el ELTIF 2.0.
Sobre la base del acuerdo provisional publicado por el Parlamento Europeo, desde Alfi destacan varios cambios importantes:
- Se han ampliado los activos e inversiones admisibles y se han relajado los umbrales (véanse los artículos 10 y 11 ELTIF 2.0)
- Se permiten las coinversiones con arreglo a las normas sobre conflicto de intereses (véase el artículo 12 del ELTIF 2.0);
- Se han flexibilizado los requisitos de composición y diversificación de la cartera (véase el artículo 13 ELTIF 2.0);
- Se han flexibilizado las normas de préstamo de efectivo (véase el artículo 16 ELTIF 2.0);
- Se han mejorado considerablemente las normas de reembolso (véase el artículo 18 ELTIF 2.0);
- Se han mejorado considerablemente las normas de comercialización y distribución (véanse las modificaciones de los artículos 29 y 30 del ELTIF 2.0).
Alfi considera que el ELTIF 2.0 beneficiará a los gestores de activos en relación con los ELTIF existentes y nuevos. “Los cambios previstos en el ELTIF 2.0 son un avance excelente para allanar el camino hacia un futuro éxito del ELTIF. En el futuro esperamos que más gestores de activos consideren el ELTIF como un producto para los inversores minoristas, ofreciéndoles acceso a activos privados con las necesarias salvaguardias de protección del inversor”, afirma David Zackenfels, asesor jurídico principal de Alfi. Además, desde la organización matizan que aunque los trabajos del proceso legislativo de la UE están llegando a su fin, la labor del sector de gestión de activos y de las autoridades nacionales competentes seguirá intensificándose.
“Luxemburgo sigue siendo el principal domicilio de ELTIF, con una cobertura de mercado por número de fondos de aproximadamente el 57%”, destaca Emmanuel Gutton, director jurídico y fiscal de Alfi. Concluye que «el sector de los fondos de inversión luxemburgueses espera con impaciencia los cambios en el régimen de los ELTIF y está preparado para aplicar las nuevas normas lo antes posible desde el punto de vista técnico».