Esta semana se cumple un año desde que Claudio Verdugo, fiscal de la Asociación de AFP de Chile, viajara a la capital estadounidense, junto a una comitiva que tenía como objetivo encontrarse con personal del Tesoro Norteamericano y del Internal Revenue Service (IRS, por sus siglas en inglés) para trasladar sus opiniones respecto de las normativas bajo las cuales se regiría la Foreign Account Tax Compliance Act, más conocida como Ley FATCA, (que busca facilitar la fiscalización y el gravamen de contribuyentes norteamericanos).
Además de las AFP chilenas, sólo los fondos de pensiones del Reino Unido y Canadá mantuvieron este tipo de reuniones con autoridades estadounidenses. En este sentido, Mauricio López, abogado y socio de KPMG, firma a la que las AFP han encargado dos estudios sobre la materia, explicó en declaraciones al periódico chileno Diario Financiero y recogidas por Funds Society, que “fueron una de las pocas entidades chilenas que intervinieron activamente en todos estos procesos, a través de la asociación gremial”.
Preguntado ¿por qué las AFP están tan interesadas en esta nueva regulación?, López explica que la respuesta está en el nivel de inversión de los fondos de pensiones en Estados Unidos, considerando los castigos que puede recibir un fondo de inversión por no declarar información sobre contribuyentes estadounidenses.
“Ellos como inversionistas institucionales, al mantener inversiones en Estados Unidos, se han hecho cargo responsablemente de esta normativa, realizando las gestiones que les han parecido pertinentes”, subrayó López. En este sentido, López añadió que antes de que se redactara la normativa se buscaba que hubiera un trato especial a los fondos de pensiones.
“Hay cinco puntos respecto de régimen de pensiones considerados en la regulación final emitida por el Tesoro Norteamericano, de los cuales cuatro puntos entiendo fueron propuestos por la Asociación de AFP”, subrayó el abogado.
Esto permitió que la normativa diera un tratamiento especial a los fondos de pensiones, dentro de los cuales cabrían el fondo obligatorio y el fondo de ahorro previsional voluntario de las AFP, aunque dentro de este paraguas habría uno que no cabría: la Cuenta Dos.
“De acuerdo a nuestros asesores, la única cuenta que calificaría eventualmente como cuenta financiera y no puramente previsional sería la Cuenta de Ahorro Voluntario o también conocida como Cuenta Dos, dadas sus características en orden a que los fondos pueden o no tener origen salarial y que está sujeta a retiros no necesariamente destinados a pensión”, explicó por su parte Claudio Verdugo, fiscal de la Asociación de AFP, a Diario Financiero.
Está previsto que Chile se suscriba a un acuerdo intergubernamental con Estados Unidos sobre esta normativa antes de que concluya el año, según el Ministerio de Hacienda. Por su parte, las AFP habrían sostenido reuniones con las autoridades locales “para proponer que se estudien adecuaciones normativas necesarias para poder implementar los requerimientos de la ley”, explica Verdugo.