El regulador de la industria financiera chilena, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), anunció la normativa que creó el Manual de Sistema de Información de Fondos, estableciendo una serie de instrucciones relacionadas con el envío de información para la fiscalización de los fondos y administradoras generales de fondos (AGFs).
Según informaron a través de un comunicado, la normativa estableció la forma, periodicidad y medio en que las AGFs reguladas por la Ley N°20.712 –que rige la administración de fondos de terceros y carteras individuales–, deberán remitir la información para su fiscalización.
Además, la iniciativa regulatoria introdujo modificaciones a la Norma de Carácter General (NCG) N°365 –relacionada con la información que deben entregar las gestoras–, estableciendo el envío de un archivo de variables relevantes del reglamento interno del fondo, al momento de depositar un nuevo reglamento o alguna modificación.
Archivos normativos
Con todo, el Manual de Sistema de Información de Fondos cuenta con un total de siete archivos que las AGFs deben reportar.
Estos archivos normativos son: la cartera de inversión de los fondos para instrumentos distintos de contratos derivados; la cartera de inversión de los fondos para instrumentos de contratos derivados; información general de gastos y remuneraciones efectivas; información desagregada de gastos y remuneraciones efectivas de fondos mutuos y fondos de inversión rescatables; activos, pasivos y patrimonio; la caracterización de los partícipes del fondo; e información de disminuciones de capital, para fondos de inversión no rescatables.
Esta información se deberá entregar al regulador de forma periódica, por el canal oficial establecido. Los detalles se pueden encontrar en el informe normativo de la CMF, donde delinean la actualización de las obligaciones de información para la fiscalización de los fondos.
Cambios a la NCG 365
Por su parte, en lo que respecta a la norma que rige la información que deben reportar las gestoras a la CMF –en particular a las secciones II y III–, el regulador estableció nuevas instrucciones para el depósito del reglamento interno de los vehículos.
Las administradoras deberán remitir, al momento del depósito, un archivo de variables principales del reglamento del fondo, cumpliendo con el contenido y formato especificado en la Ficha Técnica de la NCG N°365.
La normativa emitida actualiza y sistematiza los requerimientos de información en un manual, con el fin de reducir brechas normativas surgidas a raíz de la evolución de los productos y servicios ofrecidos por la industria, según indicaron en su nota de prensa. Además, optimiza la estructura y el diseño de los actuales requerimientos de información, lo que a su vez facilita la focalización de los procesos de supervisión y detección de riesgos potenciales, agregaron.