El Parlamento europeo ha enmendado las propuestas de reglamento y directiva que modifican el documento de datos fundamentales para el inversor. De esta forma, se vuelve a ampliar la prórroga para su uso y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022.
Según explican los expertos de finReg360, la institución europea acaba de publicar dos informes sobre las propuesta de modificación, por un lado, del reglamento sobre los productos de inversión minorista empaquetados y basados en seguros (PRIIP, en siglas inglesas); y por otro, la directiva que regula los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (UCITS, en siglas inglesas).
“En concreto, los informes se refieren al borrador de reglamento delegado que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2017/6534 (conocido como “quick fix” de PRIIP), en cuanto a la prórroga de la exención temporal para las instituciones de inversión colectiva de elaborar un documento de datos fundamentales para el inversor (DFI o KID por sus siglas inglesas), de conformidad con el reglamento sobre los PRIIP. Y, en segundo lugar, al borrador de la propuesta de directiva que modifica la directiva sobre los UCITS en lo que respecta al DFI (conocida como “quick fix” de UCITS). Próximamente deberán publicarse los textos definitivos, incluyendo estas enmiendas, en el Diario Oficial de la Unión Europea”, apuntan.
Buceando en estos dos informes, los expertos de finReg360 destacan varias cuestiones relevantes en las enmiendas al “quick fix” tanto del PRIIP como el que afecta a los UCITS. Sobre el primero de ellos explica: “El informe amplía hasta el 31-12-2022 la exención temporal para las instituciones de inversión colectiva de elaborar el DFI de conformidad con el reglamento sobre los PRIIP, a fin de garantizar que se atienda esta necesidad de dar tiempo suficiente (a las entidades) para prepararse. Por tanto, las entidades tendrán que proporcionar a los clientes el DFI conforme al reglamento sobre PRIIP para las instituciones de inversión colectiva a partir del 1 de enero de 2023. Esta ampliación supone una prórroga adicional de 12 meses a la actual, que finaliza el 31 de diciembre de 2021”.
Con respecto a las enmiendas a la “quick fix” de UCITS el informe confirma que ya no será necesario elaborar un DFI de conformidad con la directiva UCITS cuando se elabore de conformidad con el reglamento PRIIP, pues ambos cumplen con los mismos requisitos de información.
“En este sentido, incluye una distinción según la categoría de cliente al que se dirige el producto. En el caso de productos para minoristas, se les entregará el DFI conforme al reglamento de los PRIIP. Busca evitar que reciban ambos documentos para el mismo producto, a partir de enero de 2023. Para los productos no minoristas, a los que no se les aplica el reglamento de los PRIIP, se les entregará un DFI según la directiva de los UCITS, a menos que las gestoras decidan elaborar un DFI conforme al reglamento PRIIP -porque así lo elijan o porque dispongan de este producto también para inversores minoristas-”, concluyen desde finReg360.