La circular número 14 emitida por el CAMV (Comité de acreditación de conocimientos en el mercado de valores) el pasado 9 de agosto define los contenidos de los programas de capacitación continua que deben implementar las entidades que cuenten con personas acreditadas en sus equipos.
La circular establece que todas las personas que mantengan una acreditación vigente, en cualquiera de sus modalidades, deberán someterse a un proceso de capacitación continua. Los programas deberán constar de dos partes: uno de capacitación continua propiamente dicha y un curso de ética empresarial.
El programa de capacitación continua deberá contar con al menos 10 horas de formación anual, que podrán impartirse de forma presencial y/o E-learning y cuyo contenido deberá incluir: una revisión de los temas incluidos en los exámenes de acreditación; conocimientos de las normas de autorregulación de la entidad y una actualización de la normativa vigente. Además, la entidad deberá definir un proceso de evaluación final que permita conocer el grado de conocimiento alcanzado por los participantes.
En segundo lugar, el programa deberá contar con un curso de ética comercial aplicada a situaciones reales del mercado de capitales, que deberá cubrir el contenido a lo largo de tres años, “considerando al menos 12 horas cronológicas en dicho periodo”.
El contenido mínimo del programa deberá incluir las siguientes materias: fundamentos de la ética, principios de la ética comercial, conflictos de interés, relaciones con los clientes, relaciones con el mercado, relaciones con la autoridades regulatorias y relaciones entre la empresa y sus colaboradores.
Al final del curso, la entidad deberá verificar mediante el proceso que ella defina, que los participantes han alcanzado, al menos, las siguientes capacidades: identificar los principales componentes de la deliberación ética, valorar éticamente una situación y reconocer y gestionar conflictos de interés y resolver casos relacionados con la ética en el mercado de valores.
Por último, la circular establece que las entidades deberán llevar un registro histórico de los cursos y define la información mínima que deben contener.
El examen de conocimientos técnicos de la CAMV es una acreditación requerida en Chile para “quienes se desempeñen o pretendan desempeñar sus funciones como corredores de bolsa, agentes de valores, administradoras generales de fondos, agentes comercializadores de cuotas de fondos y administradoras de carteras inscritas en el Registro de Administradores de Carteras que lleva la Comisión para el Mercado Financiero”