La Superintendencia de Pensiones de Chile emitió este lunes una norma de carácter general que regula la compra y venta de cuotas de fondos mutuos nacionales con cargo a la venta o compra de sus activos subyacentes, tal y como comunicó el organismo a través de un comunicado.
Con ello se permitirá a los fondos de pensiones y de cesantía del país invertir en instrumentos que replican índices financieros, los conocidos como los Exchange Traded Funds (ETF), y que ya estaban disponibles para las inversiones extranjeras, pero que han comenzado a desarrollarse hace poco en el mercado local.
En este sentido, la Superintendencia informó que los fondos de pensiones y de cesantía fueron autorizados para realizar este tipo de operaciones en el mercado nacional por la ley 20.448, de 2010, pero se requería de adecuaciones normativas específicas para resguardar la seguridad y los intereses de los Fondos.
Los fondos de pensiones y de cesantía podrán adquirir cuotas de fondos mutuos nacionales directamente con el emisor, entregando en pago una canasta de activos representativa de la cartera del citado fondo mutuo, siempre que éste contemple dicha modalidad de aportes en su respectivo reglamento. Del mismo modo, al momento del rescate, podrán optar por recibir como pago una canasta representativa de los activos subyacentes del fondo mutuo.
“La norma contempla disposiciones sobre cumplimiento de límites de inversión y del principio de entrega contra pago, el control preventivo de inversiones prohibidas, precios implícitos en las operaciones no perjudiciales para los fondos y el reporte de este tipo de operaciones a la Superintendencia”, concluyó el organismo.