Hasta ahora todas las estructuras de inversión no reguladas en Luxemburgo necesitaban ser constituidas como una empresa en lugar de como un fondo, pero la AIFMD ha introducido un concepto de FIAs «no reguladas», las cuales se beneficiarán de contar con un pasaporte de comercialización europeo.
El borrador de ley de este concepto, el Fondo Reservado de Inversión Alternativa (RAIF), sujeto a un proceso legislativo normal, que podría aún suscitar cambios se espera sea aprobado en el segundo trimestre de 2016.
Denise Voss, presidente de ALFI, explica: «La futura Ley RAIF en Luxemburgo proporcionará un régimen de fondos de inversión alternativo que es similar a tanto el Fondo de Inversión Especializada como los regímenes SICAR.»
Actualmente las reglas de Luxemburgo no sólo requieren que los gestores de fondos de inversión alternativos (GFIA o AIFM por sus siglas en inglés) sean autorizados y regulados por la CSSF, pero también requieren que el Fondo de Inversiones Alternativas (FIA o AIF), por lo general una UCI Parte II, un SIF o una SICAR, sea autorizada y supervisada por la CSSF.
El nuevo RAIF es un FIA que tiene características muy similares a los FIS y SICARs de Luxemburgo con la diferencia fundamental de que la RAIF no tiene que ser aprobada y no está supervisada por la CSSF.
Jacques Elvinger, socio de Elvinger, Hoss y Prussen y presidente del Consejo Asesor Reglamento de ALFI, destaca entre los beneficios del nuevo régimen el que al no tener que ser aprobado por el regulador el tiempo de salida al mercado se reduce considerablemente. Claude Niedner, socio de la firma de abogados Arendt y Medernach y presidente del comité de inversiones alternativas de ALFI, explica que “la legislación RAIF permitirá a Luxemburgo y los GFIA extranjeros para beneficiarse de un vehículo de fondos de inversión flexible e innovadora «.
Con el fin de garantizar la protección y regulación suficiente a través de su gestor, un RAIF debe contar con un gestor externo autorizado. Este último puede tener domicilio en Luxemburgo o en cualquier otro Estado miembro de la UE. Al cumplir con los requisitos de la AIFMD, el GFIA puede hacer uso del pasaporte de marketing para comercializar participaciones de su RAIFs sobre una base transfronteriza. Como es el caso de Luxemburgo FIS y SICARs, las acciones o participaciones en RAIFs sólo pueden ser vendidas a los inversores bien informados.
«La nueva estructura complementará nuestra atractiva gama de productos de fondos de inversión en Luxemburgo y creemos que esto demuestra la comprensión que el legislador de Luxemburgo tiene de las necesidades de la industria de fondos para servir mejor a los intereses de los inversores.» Concluye Denise Voss.
El proyecto de ley se puede consultar en este link.