El avance para establecer un marco regulatorio homogéneo sobre finanzas sostenibles es ya notable, pero aún queda mucho camino por recorrer. La CNMV tiene clara la importancia de la lucha contra el greenwashing y el establecimiento de un marco claro para las inversiones sostenibles y, en este sentido, Montserrat Martínez Parera, su vicepresidenta, defendió que un fondo que destine menos del 50% de sus inversiones a promover la sostenibilidad no debería usar términos ASG en su denominación.
Con un marco claro, los fondos de este tipo podrían duplicarse a corto plazo en España, desde los 60 productos actuales hasta los 130. Fueron las previsiones de la vicepresidenta de la CNMV, durante su reciente interenvención en el acto de presentación del informe “Productos financieros para la transición energética”, de FUNCAS, que profundiza en el estudio y la divulgación sobre las finanzas sostenibles.
La vicepresidenta aprovechó para hacer una breve reflexión sobre el marco regulatorio aplicable a esta área y el papel de la CNMV al respecto como supervisor de valores y profundizar en las nuevas obligaciones de información sobre sostenibilidad que afectan especialmente a los fondos de inversión y, en general, al sector de gestión de activos.
En concreto se centró en las nuevas obligaciones de transparencia sobre sostenibilidad que se aplican al sector de servicios de inversión, de aplicación desde el pasado 10 de marzo, como resultado de la aplicación directa del Reglamento europeo de divulgación. En el ámbito de la CNMV, los nuevos requisitos afectan a las entidades gestoras y asesores financieros, así como a determinados productos y fondos de inversión.
Las obligaciones de las gestoras
La vicepresidenta recordó que las gestoras de fondos de inversión tienen que informar en dos ámbitos complementarios: por una parte, como entidad, sobre cómo integran los riesgos de sostenibilidad en sus decisiones de inversión y en las políticas de remuneración. Y también sobre las principales incidencias adversas que sus decisiones de inversión pueden tener sobre los factores de sostenibilidad. Por otra, en cuanto a los productos y fondos de inversión que comercializan, deben ofrecer información detallada adicional en los casos en los que la gestora declare que el fondo promociona características medioambientales o sociales (según artículo 8, los también denominados light green), y en aquellos en los que se declare que el fondo tiene como objetivo inversiones sostenibles (según artículo 9 o dark green).
“Sin embargo, la falta de definiciones claras a nivel europeo hace que la implementación no sea sencilla, ni para las entidades ni para los supervisores, pues estamos a la espera de los desarrollos normativos que establecerán los criterios técnicos de selección”, reconoció.
Para facilitar el cumplimiento de las nuevas obligaciones en el mercado español, en la CNMV han aplicado un doble enfoque: han comunicado que ejercererán su labor de forma flexible y proporcional a la hora de supervisar el cumplimiento de las nuevas obligaciones. “Buscaremos aplicar criterios armonizados a nivel europeo, siguiendo las pautas que vaya determinando ESMA, y difundiremos criterios, en formato de preguntas y respuestas, para aclarar las consultas recibidas resultado del contacto continuo que mantenemos con las entidades. Además, hemos establecido un procedimiento simplificado para facilitar la actualización de los folletos de los fondos de inversión. Actualmente, el 85% de las gestoras ya han presentado la documentación y animo a las que faltan a que hagan uso de esta facilidad. El objetivo es que el sector español se adapte en tiempo y forma a los nuevos requerimientos”.
Por otra parte, dijo, deben proteger a los inversores, con unos mínimos requisitos de información y transparencia. “Así, los fondos de inversión que declaren que promuevan la sostenibilidad (art. 8) deben explicar los factores que promueven, describir el tipo de estrategia y señalar, entre otras cuestiones, el porcentaje mínimo de inversiones utilizado para alcanzar las características medioambientales o sociales promovidas”, recordó. En el caso de los fondos que se declaren como fondos sostenibles (art. 9), deberán también señalar el objetivo de inversión sostenible que persiguen, su estrategia y el porcentaje de cartera destinado a inversión sostenible o los indicadores de sostenibilidad que utilicen para medir la consecución del objetivo de inversión sostenible.
Lucha contra el greenwashing
Del mismo modo, para evitar riesgos de greenwashing y no confundir al potencial inversor, el uso de términos sostenibles (o factores ASG) en el nombre del fondo de inversión debe quedar restringido a aquellos que cumplan con unos mínimos requisitos. Así, por ejemplo, un fondo de inversión que destine menos del 50% de sus inversiones a promover la sostenibilidad no debería usar términos ASG en su denominación, aseguró la vicepresidenta. El uso de los términos medioambientales en la publicidad y en las comunicaciones comerciales debe también estar ajustado a las características del fondo en cuestión.
Un marco que, dijo, espera que propicie el aumento de los fondos sostenibles, pasando de los 60 actuales a los 130 próximamente: “Actualmente, tenemos ya registrados unos 60 fondos que la gestora declara que promueven la sostenibilidad y un fondo con objetivo de inversión sostenible. Y la tendencia es creciente. Otros 64 están en proceso de actualizar sus folletos como promotores de sostenibilidad y nueve adicionales como fondos sostenibles. En total, es probable que en el corto plazo tengamos algo más de 130 fondos de inversión que declaran que promueven o tienen como objetivo la sostenibilidad”.