MiFID II obliga a ofrecer un 25% de fondos de la competencia para seguir cobrando retrocesiones

El Gobierno aprueba MiFID II

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Autor: Alicia Miguel Serrano

Para cobrar retrocesiones, se establecen como requisitos, entre otros, la comercialización de al menos un 25% de productos financieros de terceros y al menos dos alternativas de terceras partes en cada categoría de fondos comercializada, para que pueda estimarse que hay un incremento en la calidad del servicio ofrecido

Otra cuestión que refuerza tanto la protección al inversor como la capacidad de supervisión de la CNMV es la relativa a la obligación de incluir en los registros de las empresas de servicios de inversión las conversaciones telefónicas y comunicaciones electrónicas relacionadas con la ejecución de órdenes por cuenta propia

Las entidades deben adoptar políticas y procedimientos que aseguren que, antes de recomendar un producto o adquirirlo, se realice una amplia evaluación de las posibles alternativas de inversión y se aborda la obligación de realizar un análisis coste-beneficio cuando las entidades se planteen cambios de inversiones