Las retrocesiones en fondos: ¿desde cuándo el cliente tiene que asumir el coste de que le vendan algo?

Post de Martín Huete

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Las retrocesiones en fondos: ¿desde cuándo el cliente tiene que asumir el coste de que le vendan algo?
Foto: Stewf, Flickr, Creative Commons. Las retrocesiones en fondos: ¿desde cuándo el cliente tiene que asumir el coste de que le vendan algo?

Autor: Funds Society, Madrid

De la comisión de gestión que las gestoras cobran a los inversores, retroceden en torno a dos tercios al distribuidor

“El problema de esta práctica no es otro que el conflicto de intereses que se genera entre el inversor y el distribuidor", además de que en España la mayoría de gestoras son de bancos

Además, las gestoras internacionales tienen una clase especial para la distribución minorista, más cara que la normal

Con el paradigma que existe en España de que el asesoramiento financiero es gratuito, las retrocesiones se convierten en un elemento clave para el cobro de este servicio

Pero las retrocesiones, dice Huete, tienen los días contados, con MiFID II, el lanzamiento de la plataforma de fondos de BME y por el crecimiento en las plataformas de distribución gracias a la revolución digital