En verano, el gobierno anunció la intención de aplicar un impuesto especial a la banca española para gravar los beneficios extraordinarios de las grandes entidades financieras. Este impuesto, se propuso bajo el argumento de que se beneficiarían gracias a las subidas de tipos de interés protagonizadas por el Banco Central Europeo (BCE).
Las entidades españolas ya habían expresado su disconformidad que ahora se suma a la del Banco Central Europeo, que publicó a finales de la semana pasada su análisis sobre el proyecto de ley de tributo especial a la banca española. “Algo que era muy esperado por el mercado no sólo por conocer de primera mano su criterio acerca de este impuesto, sino muy especialmente por ver qué aspectos considera críticos la autoridad monetaria de la zona euro”, explican desde el Instituto Español de Analistas Financieros (IEAF).
El BCE ha sido claro y ha criticado la afectación a la solvencia, la concesión de crédito, la competencia, y a los clientes. “La opinión del BCE no sólo es importante, sino que convendría tenerla en cuenta en el desarrollo parlamentario de este impuesto. O, al menos, hacernos reflexionar sobre la necesidad de llevar a cabo un estudio previo en profundidad”, advierte Javier Santacruz Cano, miembro del IEAF e investigador de la Fundación de Estudios Financieros.
Por su parte, José Carlos Díaz, economista y profesor en la Universidad de Alcalá, considera que el BCE “nos ha metido un buen repaso” sobre el impuesto a la banca por beneficios extraordinarios y aclara que el impuesto es sobre los ingresos, no sobre los beneficios extraordinarios. “Somos el único país de Europa en poner este impuesto. Y como ya advertí, el impuesto equivale a un 20% adicional del beneficio de los bancos en España en 2021 y tendrá un fuerte impacto sobre el crédito, la inversión y el empleo, especialmente en las pymes”, analiza.
Según explica, las subidas de tipos ya tienen ese mismo efecto, pero considera que en España tendrán un efecto adicional al resto de países europeos. “Con una subida de recaudación tan brutal, como acabo de comentar, el impuesto era innecesario. Solo en el impuesto de sociedades, Hacienda ha recaudado ya 4.000 millones más que en 2021. El impuesto es político y tiene como objetivo buscar culpables diferentes al gobierno. Es lógico que el responsable de la estabilidad financiera reaccione con tanta dureza sobre este hecho. Si queremos que nuestros socios europeos nos tomen en serio, debemos ser serios. Y este impuesto es muy poco serio”, critica.
Una decisión que afecta al conjunto de la zona euro
El Banco Central Europeo ha pedido un estudio y análisis más exhaustivo del impuesto. Concretamente, ha expresado en su comunicado: «La imposición de cualquier impuesto o gravamen ad hoc a las entidades de crédito con fines presupuestarios generales debe ir precedida de un análisis exhaustivo de las posibles consecuencias negativas para el sector bancario, a fin de garantizar que dichos impuestos no supongan riesgos para la estabilidad financiera, la resistencia del sector bancario y la concesión de créditos, lo que podría acabar afectando negativamente al crecimiento económico real. Por lo tanto, el gravamen debería estudiarse cuidadosamente en relación con su impacto en la rentabilidad de las entidades de crédito afectadas y, por lo tanto, en su generación de capital interno y en la concesión de préstamos».
«Con este tributo especial a la banca que se encuentra en trámite parlamentario estamos ante una decisión política que no sólo afecta a España sino al conjunto de la zona euro, tanto por el grado de internacionalización de los bancos españoles en Europa como también la amplia presencia de la banca extranjera en el mercado nacional», explican desde IEAF.
El instituto considera que merecen ser destacados dos asuntos del dictamen del BCE: por un lado, detecta deficiencias técnicas en la propuesta legislativa que producen inseguridad jurídica y afecta tanto a la salud de las entidades de manera individual como en el conjunto del sistema. Y, por otro lado, señalan que no existe una evaluación del entorno actual y de los próximos trimestres de cómo afectará, no sólo al comportamiento esperado de las entidades financieras, sino también a la propia evolución de la economía nacional.
Desde el instituto resumen las advertencias del BCE en cuatro:
Falta de coherencia. En materia de carencias técnicas de la propuesta legislativa, el BCE señala una falta de coherencia entre objetivos presupuestarios generales frente a extraordinarios. “Lo que debería suceder es que un impuesto extraordinario se dedique a una tarea extraordinaria muy concreta y medida en el tiempo, diferente a la de conseguir ingresos permanentes para reducir el déficit público”, explican desde la entidad.
Falta de memoria económica. Los expertos detectan una carencia de memoria económica que mida si el tributo genera problemas de solvencia, afecta a la concesión de crédito y a la estabilidad financiera. “Hasta ahora, lo único existente es la afirmación en el proyecto de Ley de que esta medida no supone un daño sobre estas variables, pero tal aseveración debe estar convenientemente sustentada en unas estimaciones y cálculos que de momento no se han hecho públicos”, critican.
Definición del hecho imponible y la determinación de la base sujeta a impuesto. Al no haber analizado en su conjunto el balance y cuenta de resultados de la banca (junto con las condiciones actuales de mercado) y sólo fijarse en la existencia de windfall profits, puede suceder que una entidad sujeta al impuesto termine incurriendo en pérdidas de explotación, agravadas por una mayor dotación de provisiones obligada por el incremento de la mora y, por ende, provocando un impacto negativo significativo sobre sus niveles de recursos propios. “Estaremos cruzando una barrera peligrosa como es la de provocar pérdidas en entidades, ya de por sí necesitadas de generar resultados positivos, al mismo tiempo que se fomenta una situación de rivalidad desleal”, advierten desde el instituto.
Precisamente, en este mismo aspecto, el BCE señala la dificultad técnica de determinar cuánto de la variación del margen de intereses y de comisiones netas se puede calificar como windfall profit y cuánto es derivado de circunstancias de mercado, aparte de que no se tienen en cuenta costes operativos fundamentales derivados de la actividad. “Mientras que en los tributos ordinarios hay unas reglas más claras a la hora de determinar la base imponible de cualquier impuesto, en esta nueva figura no hay un método empíricamente demostrado y de consenso con el que se pueda determinar sin demasiada discrecionalidad la base”, apuntan desde el IEAF.
Falta de adecuación del impuesto a la realidad actual. Según explican desde el instituto, diseñar de una manera aislada del conjunto un tributo implica en términos técnicos demasiadas lagunas y demasiado margen para la interpretación, incluso alcanzando a los propios organismos de Competencia a los que se les ha encargado perseguir a las entidades que repercutan en precios el impuesto sin dotarles del instrumento de análisis adecuado para determinar si la subida de precios (que se está produciendo de manera generalizada dado el contexto de subida de tipos de interés y la evolución de la demanda de productos y servicios financieros) se debe o no al impuesto, algo de lo que ya advierte el BCE de que no es posible tener.