La desaceleración de la actividad económica en Uruguay ha obligado al Gobierno a tomar medidas para generar estímulos temporales a la inversión. En ese sentido y tras años en los que los beneficios de la Ley de Promoción de Inversiones han ido en descenso, el ministerio de Economía del país rioplatense ha resuelto reactivar beneficios otorgados en el pasado con mejoras significativas para el contribuyente, explicó la firma de asesoramiento internacional Invertax.
El pasado 5 de marzo, el Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay, modificó el Decreto 329 de 2016 en procura de extender los beneficios para la promoción de proyectos inmobiliarios de gran significación económica, que tengan por finalidad tanto la venta de las unidades resultantes como su arrendamiento, ya sea para oficinas o viviendas.
Según Invertax, los principales cambios introducidos son los siguientes:
- El Decreto 329 otorgaba exoneraciones para proyectos presentados antes del 31 de diciembre de 2017 y las modificaciones suponen una extensión del plazo de presentación de proyectos hasta el 31 de diciembre del corriente año.
- Por otra parte, se extiende el período de ejecución de las inversiones quedando comprendidas todas aquellas inversiones realizadas hasta 36 meses contados a partir del permiso de construcción, siempre que los proyectos cumplan con la presentación previa al 31 de diciembre de 2018.
- Se modifica la definición de proyectos de gran significación económica para los emprendimientos desarrollados en Montevideo, ampliándolo a todo aquel proyecto que supere los 12,8 millones de dólares y que cuenten con un porcentaje de áreas destinadas al uso común superior al 15%. Anteriormente eran considerados de gran significación los proyectos cuyas inversiones superaban los 16,6 millones de dólares y un 20% de áreas comunes.
Los beneficios fiscales otorgados a estos proyectos incluyen los siguientes:
1. Exoneración en la importación: Exoneración de impuestos (incluido el IVA) y tributos aduaneros a la importación de equipos y materiales destinados a la obra civil, siempre que hayan sido declarados no competitivos con la industria nacional.
2. Crédito de IVA: Se otorgará un crédito por el IVA incluido en la adquisición de equipos, materiales y servicios destinados a la obra civil.
3. Exoneración de IRAE: Se otorgará un crédito para pago del IRAE de entre un 20% y un 30% del monto de la inversión, dependiendo del volumen del mismo, el cual podrá utilizarse en un plazo máximo de 10 años contados a partir del primer ejercicio en que se genere renta fiscal y siempre que no hayan transcurrido 4 (cuatro) años de la declaratoria promocional. El monto anual a exonerar no podrá superar el 60% del impuesto que corresponda pagar.
4. Exoneración del Impuesto al Patrimonio: Exoneración del IP aplicable a los inmuebles comprendidos en el desarrollo de la actividad promovida, por un plazo de 8 años si el proyecto es en Montevideo y 10 años si está radicado en el interior del país.