Los fondos de inversión en España están sujetos a diversos riesgos, que analiza la CNMV en su segundo informe sobre la intermediación financiera no bancaria en España, con datos de junio de 2019.
La liquidez es uno de ellos, en un contexto de crisis en el que las carteras han tenido que hacer frente a reembolsos, y podrían tener que hacerlo más aún en el futuro. Según los datos, la liquidez de las carteras de los fondos de inversión es, en términos generales, «satisfactoria».
Pero el riesgo de liquidez no es el único que afrontan los fondos. El informe también analiza otros riesgos asociados a los fondos como el riesgo de crédito, el de transformación de vencimientos o el de apalancamiento.
La CNMV explica que los riesgos asociados a los fondos de inversión españoles no son demasiado elevados, a excepción del riesgo de crédito, ya que, por la propia naturaleza de los fondos, muestran un porcentaje alto de activos crediticios en sus carteras. De hecho, los fondos monetarios seguían siendo los que mantenían un porcentaje mayor de activos crediticios, cerca del 100%, seguidos de los fondos de renta fija, con un 96% de activos crediticios en su cartera. En ambos tipos de fondos, estos porcentajes se han mantenido muy estables a lo largo de los últimos años.
En los fondos mixtos, por su parte, ese porcentaje era mucho más reducido (por debajo del 50%) y, además, ha disminuido durante los últimos años (en 2011-2012 estaba alrededor del 75%), seguramente por la mayor proporción de acciones y de inversiones en otras IICs en la cartera de los fondos.
En relación con el riesgo de transformación de vencimientos, es decir, la capacidad o no de la entidad de satisfacer sus obligaciones a corto plazo, el estudio concluye que tan solo los fondos de renta fija tienen un nivel de riesgo moderado, con una proporción de activos a largo plazo del 42%, por debajo del porcentaje del año anterior.
En el resto de vocaciones el riesgo es bajo: en el caso de los fondos mixtos, la proporción de activos a largo plazo se consolidaba por debajo del 30% y en los fondos monetarios, con importantes restricciones a la inversión a largo plazo, el riesgo de transformación de vencimientos era prácticamente nulo.
Apalancamiento: riesgos reducidos
Con respecto al apalancamiento de las IICs, en la legislación española se establece que las IICs mobiliarias (a excepción de las de inversión libre) únicamente pueden endeudarse de forma transitoria y por algún motivo específico, y nunca superar el 10% de su patrimonio. En España, ninguna categoría superaba el 2% en 2019 ni lo había hecho al menos desde 2009. Adicionalmente, a nivel individual, ningún fondo superaba al cierre de 2019 el 10%.
Sin embargo, estas instituciones pueden apalancarse mediante el uso de derivados, una parcela de análisis que está en desarrollo y en la que se van a emplear los indicadores propuestos recientemente por la Organización Mundial de Comisiones de Valores (IOSCO) para hacer un seguimiento del apalancamiento de estas instituciones a escala internacional, explica la CNMV.
“La información disponible sobre el uso de derivados por parte de las IICs españolas no apunta a la existencia de vulnerabilidades relevantes en ninguno de los posibles riesgos que puede generar dicha operativa (de contraparte, de mercado y de contagio). Se estima que a mediados de 2019 la exposición al riesgo de mercado evaluado para las IICs que pertenecen a la IFNB y sujetas a la normativa UCITS que realizan sus cálculos a través de la metodología del compromiso (99% del total) suponía el 26,6% de su patrimonio, porcentaje que se encuentra muy por debajo del máximo permitido por la legislación vigente (100% del patrimonio)”, explica el estudio.
En términos individuales, la exposición al riesgo de mercado era inferior al 40% en más del 90% de los fondos de renta fija y del 60% de los fondos mixtos (en términos patrimoniales), mientras que únicamente un 1,6% y un 6% de ellos experimentaban unos valores relativamente elevados de exposición a este riesgo, de entre el 80% y el 100% del patrimonio.
Por su parte, en los fondos denominados cuasi-UCITS, el nivel de exposición se situaba por debajo del 70%. Finalmente, por lo que respecta a las IICs de inversión libre (incluidas en la categoría de IICs alternativas, con una regulación más flexible), la evidencia empírica también respalda que el nivel de apalancamiento es, en general, moderado y tan solo algunos fondos aislados realizan un uso más intensivo de este.
No se materializa el riesgo de contraparte
“El riesgo de contraparte, es decir, el riesgo de que las dificultades financieras de una entidad se transmitan a sus contrapartes o prestamistas y que se amplifica con un elevado uso del apalancamiento, no se ha materializado en los fondos de inversión españoles”, añade el informe. Así, la exposición a este riesgo, que en el caso de estos vehículos se origina en las operaciones de derivados contratadas en mercados no organizados (OTC) a través de las operaciones pendientes de liquidar, se encuentra en niveles muy reducidos y alejados de los importes que podrían considerarse potencialmente sistémicos.
A modo de ejemplo, al cierre de 2018 los saldos deudores de las IICs sujetas a la normativa UCITS por operaciones con derivados OTC representaban el 0,27% del patrimonio total. En sentido contrario, las contrapartidas de las operaciones OTC realizadas por parte de los fondos de inversión estaban expuestas a un riesgo de contraparte equivalente al 0,13% del patrimonio total de dichos fondos. En el caso de las IICs de inversión libre estas cifras eran del 1,09% y del 0,82%, respectivamente.