En el marco de su mandato de desarrollo del mercado financiero, la Comisión para el Mercado Financiero de Chile (CMF) informa sobre los recientes avances en la implementación del “Pasaporte de Fondos”. Esta iniciativa de integración financiera busca potenciar la comercialización de fondos mutuos y fondos de inversión entre los países de la Alianza del Pacífico (AP) –Colombia, México, Perú y Chile- a fin de facilitar el acceso a los inversionistas de la región a esos vehículos de inversión y promover la exportación de servicios financieros.
Conforme a la regulación vigente en Chile y en virtud de los convenios de colaboración suscritos entre los reguladores del mercado de valores de los países de la AP, está permitida la oferta pública en el mencionado país de cuotas de fondos gestionados en México, Perú y Colombia, conforme a la Resolución Exenta N°246 de 2014 que eximió a dichos valores extranjeros de la exigencia de inscripción a nivel local. Atendidos los cambios regulatorios recientes a nivel de la AP, el pasado 30 de julio la CMF actualizó la Resolución antes citada, consignando que quedan exentos de inscripción en el registro de valores extranjeros los valores inscritos en el Registro de Valores y Emisores de Colombia, los fondos o familias de fondos de inversión colectiva autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia, los valores inscritos en el Registro Nacional de Valores de México y los valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores del Perú.
Cabe destacar la reciente aprobación por parte de la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) de Perú cambios normativos que permitirán una mayor comercialización de fondos chilenos en dicho país y de modificaciones normativas introducidas recientemente por la Superintendencia Financiera de Colombia en esta materia. En concreto, la SMV de Perú aprobó dos reglamentos, el primero destinado al reconocimiento de fondos del exterior, eximiéndolos de la obligación de inscribirse en el registro peruano para ser ofrecidos en dicho mercado. En tanto, el segundo reglamento establece la relación de países cuyos fondos del exterior podrán ser reconocidos para su distribución en Perú, que incluye a los países de la AP. Con lo anterior se facilita la inscripción y comercialización de fondos chilenos en el mercado peruano.
Por su parte, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) emitió una Circular que establece las instrucciones relativas a la distribución de fondos de inversión del exterior (incluyendo fondos chilenos), la cual tiene por objetivo principal regular las obligaciones a cargo de los distribuidores especializados de estos fondos, y el deber de asesoría especial en la distribución de fondos de inversión colectiva.
El conjunto de las medidas descritas representa un avance en la integración de los mercados de valores de la Alianza del Pacífico y en desarrollo de un mercado regional más profundo. Estas medidas se enmarcan en los compromisos adquiridos por las superintendencias financieras de los países de la AP en octubre del año pasado en Washington DC en cuanto a avanzar hacia el reconocimiento mutuos de sus fondos de inversión (Pasaporte de Fondos).