Tras varios meses de trabajo, el Comité de Buenas Prácticas de la Bolsa de Comercio de Santiago y la Bolsa Electrónica de Chile, se reunió este martes con el presidente de la Bolsa de Santiago, Juan Andrés Camus, para presentarle y poner a su disposición un borrador de normas acerca de la prevención y manejo de conflictos de interés en los corredores de bolsa. Asimismo, hizo entrega de un informe de los profesores Pablo Castañeda y Gonzalo Islas sobre los conflictos de interés, preparado por encargo del Comité, informaron en un comunicado.
El documento elaborado por el Comité de Buenas Prácticas, a raíz del caso Cascadas, delimita en qué consiste el conflicto de interés y cuándo es relevante para efectos de la aplicación de las normas. El Comité de Buenas Prácticas – que integran Enrique Barros, Lisandro Serrano y Leonidas Montes como titulares y Jorge Jaramillo y Jorge Tarzijan como suplentes- incorpora el análisis de los principios y elementos centrales que rigen el funcionamiento actual de las corredoras de bolsa, así como su rol fiduciario y deber de lealtad, privilegiando siempre el interés del cliente por sobre los propios, y teniendo especial consideración en las prácticas más recientes de mercados internacionales. En ese sentido, delimita en qué consiste el conflicto de interés, cuándo es relevante para efectos de la aplicación de las normas, cómo debe prevenirse y cuáles serían los procedimientos y sanción.
El presidente del Comité de Buenas Prácticas, Enrique Barros, comentó que “esperamos que este informe sea un aporte para el mercado, contribuyendo a la transparencia e integridad del mercado de capitales”. Barros añadió que “el documento ahonda en los posibles conflictos de interés al interior de las corredoras de bolsa, a modo de revisar los procesos actuales y plantear mejoras que eleven las exigencias a la par de los estándares internacionales”.
El informe del Comité de Buenas Prácticas propone reglas de conducta preventivas aplicables a las corredoras para evitar conflictos de interés y asimismo el deber de autorregulación de las corredoras con respecto a los socios o accionistas y personas del grupo empresarial. También establece la responsabilidad de la alta dirección en la prevención y manejo de conflictos de interés, los deberes generales de conducta del corredor de bolsa en relación a este tema y el procedimiento para el conocimiento y sanción de estos conflictos.
El presidente de la Bolsa de Comercio de Santiago, Juan Andrés Camus, agradeció y valoró el informe presentado por el Comité de Buenas Prácticas y agregó que “nos interesa avanzar en esta materia, por lo que cada una de las recomendaciones del documento serán analizadas detenidamente”.
La propuesta normativa del Comité de Buenas Prácticas se someterá a consulta de los corredores de bolsa y del público en general, a través de la página web de la Bolsa. Posteriormente, las observaciones serán analizadas por el Comité de Buenas Prácticas para presentar un documento final al directorio de la Bolsa.
Caso Cascadas
El pasado mes de septiembre, la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile (SVS) formulaba cargos contra Julio Ponce Lerou (presidente del directorio y controlador de las sociedades Norte Grande, Oro Blanco, Pampa Calichera, Potasios, Nitratos, Inversiones SQ e Inversiones SQYA, estas dos últimas controladoras de Norte Grande). Además formulaba cargos contra Aldo Motta, Patricio Contesse y Roberto Guzmán.
La SVS presume la existencia de un esquema estructurado sobre la base de reiteradas operaciones de inversión y financiamiento que habría llevado a que estas sociedades cascada proveyeran acciones Oro Blanco, Calichera A y SQM-B, a precios que pueden ser entendidos bajo mercado, en condiciones que imponían barreras a la participación de un mayor número de inversionistas, entre otras, a las diferentes sociedades relacionadas a Julio Ponce, y en menor medida a sociedades relacionadas a Roberto Guzmán.
Las citadas sociedades, por lo general, tiempo después, enajenaban dichas acciones a precios significativamente mayores años que las habían comprado y en condiciones de precios que en la mayoría de las veces podrían ser consideradas como sobre mercado, siendo las contrapartes de estas operaciones, mayoritariamente, las propias sociedades cascada.