Los CFD o contratos por diferencias nacieron en Reino Unido durante la década de los 50 para tener acceso a la compraventa de activos financieros con mucho apalancamiento, es decir, endeudándose. Su funcionamiento es el siguiente: si el inversor cree que las acciones de una compañía van a bajar en los próximas horas, días o meses, abre un contrato de venta sobre el CFD de esa compañía a un precio inferior y con un determinado vencimiento, es decir, se compromete a vender esas acciones sin haberlas comprado todavía.
Para que la operación salga rentable, el inversor debe de acertar en su suposición de que el precio se va a situar por debajo del precio del contrato y, llegado ese momento, debe cerrar la operación comprando el CFD al precio de mercado y vendiéndolo al precio del CFD, que es más alto. La diferencia entre esos dos puntos será su ganancia, pero si, por el contrario, las acciones se quedan por encima del precio del contrato habrá perdido lo que invirtió más la diferencia entre la compra y la venta posterior.
Según ha explicado Santiago Albella, presidente de la CNMV, durante la presentación de las Líneas Estratégicas del organismo para 2017 y 2018, esto último es lo que sucede en el 80% de los casos. Por eso, entre sus objetivos está vigilar de cerca estos productos que, afirma “incitan a doblar la apuesta y generan dinámicas inquietantes”.
De hecho, la Autoridad Europea de los Mercados de Valores (ESMA) y la Autoridad Bursátil Europea (EBA) ya han advertido en varias ocasiones de sus peligros para clientes inexpertos o con pocos conocimientos. Entre los argumentos, el hecho de que sean operaciones a corto plazo, en horas o minutos, y la iliquidez del producto, pues no están siempre disponibles para ser negociados.
En Francia, Bélgica, Holanda y Reino Unido ya se han tomado medidas contra ellos, llegando incluso a prohibirlos. La CNMV, de momento, no se plantea hacerlo, pero no descartán ir más allá. “No seremos tímidos”, apunta Albella. El problema es que muchas de las entidades que operan con ellos están en Chipre, y por eso el supervisor buscará acuerdos bilaterales con su homólogo.
Publicación de los expedientes sancionadores
Otra de las posibilidades que estudia la CNMV es la de hacer pública la incoación de los expedientes sancionadores. Albella, que espera que la institución sea un supervisor «más eficaz, más ágil y moderno que inspire confianza», quiere que los inversores estén mejor informados, más formados y tengan un mayor grado de protección.
En este sentido, el presidente de la CNMV ha explicado que se estudia esta posibilidad, ya que mucha parte de la actividad que lleva a cabo el organismo «no se conoce». «Es bueno que se haga», ha añadido Albella, que ha recordado que otro organismo como la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) «lo hace con total normalidad».
La educación financiera y la atención y protección de los inversores serán también ejes fundamentales para la CNMV, que prevé, además, revisar el contenido de la información publicitaria de las páginas web de las entidades de crédito, los informes periódicos de cumplimiento normativo de estas entidades, o la adaptación de las sociedades gestoras de IIC a los requisitos de gobierno corporativo.
Por último, respecto a las relaciones con los inversores, la CNMV se ha fijado como objetivos mejorar el contenido de la Memoria de Reclamaciones y reforzar la actuación contra entidades no autorizadas (chiringuitos financieros), entre otras.