La CNMV ha hecho público un comunicado con los criterios relativos al uso de las redes sociales para difundir información privilegiada de las compañías cotizadas (y demás emisores de valores o instrumentos financieros negociados). Las redes sociales son un instrumento cada vez más extendido para difundir información pero presentan limitaciones que deben analizarse cuando la información a difundir es información regulada y, en particular, información privilegiada.
La difusión de información privilegiada está regulada en el Reglamento UE 596/2014 sobre abuso de mercado (MAR) y sus normas de desarrollo (Reglamento de ejecución 2016/1055). Dichas normas requieren que la difusión pública de información privilegiada permita un acceso rápido, completo, íntegro y correcto a la información privilegiada. Según el documento resulta posible usar las redes sociales para comunicar informaciones privilegiadas -de modo simultáneo, como canal adicional o complementario a la CNMV, en el caso de emisores con valores cotizados en mercados regulados españoles- si se cumplen los siguientes requisitos, que se analizan en detalle:
1. Que la información difundida sea completa, objetiva y clara, sin que sea preciso recurrir a fuentes adicionales al mensaje original para su completa comprensión. Algunas redes limitan el uso máximo de caracteres en un mensaje o el tamaño de los documentos que se difunden y parece obvio que solo unas pocas informaciones pueden confinarse en un número reducido de caracteres sin perder contenido informativo.
Por tanto, en caso de usar este tipo de redes sociales, las informaciones privilegiadas a comunicar deberían ser necesariamente muy escuetas y de inmediata comprensión. En todo caso, aunque no sea el caso general, hay informaciones que por su naturaleza sí pueden comunicarse en un mensaje corto y conciso, como las que son especialmente simples o hacen referencia a eventos de confirmación sobre informaciones completas publicadas con anterioridad, por ejemplo folletos de emisión o de opa.
2. Que el mensaje contenga claramente la indicación “Información privilegiada” y quede separado de cualquier comunicación promocional o de marketing.
3. Que se identifique claramente al emisor (razón social completa) sobre el que versa la información y al comunicante.
4. Que se produzca mediante una red social de amplísima distribución y desde cuentas con seguimiento muy numeroso. Deberían usarse exclusivamente redes sociales de amplísima aceptación y gran número de miembros o usuarios, que cuenten sus seguidores en millones o cientos de miles y que tengan una amplia presencia en el territorio de la Unión Europea. Coherentemente, no debe descansarse en redes sociales incipientes o de limitada diseminación o aquellas que carguen tarifas de acceso que resulten en la no-gratuidad del canal. No es lo mismo una cuenta de una red social con 200.000 seguidores a la que están conectados centenares de medios de comunicación (lo cual hace probable su re-difusión casi inmediata) que una cuenta de una red con menos usuarios y desde una cuenta con pocos seguidores. Esta dimensión debe ser necesariamente analizada caso a caso.
5. Que se comunique de modo formal y de forma precisa y no se añada o matice ninguna información en respuestas o conversaciones que sea esencial para la comprensión de la información.
Una de las ventajas que señala la CNMV en su documento es que, en el punto de la garantía de integridad y confidencialidad de la información durante el proceso de difusión, las redes sociales como canal de comunicación pueden incluso ofrecer una ventaja en el sentido de que, si su uso es correcto y se toman las precauciones esenciales para evitar suplantaciones de personalidad, las comunicaciones a través de las redes suelen permitir que el mensaje que se difunde y llega a sus destinatarios es 100% coincidente con lo que su autor quiso transmitir, sin que sea objeto de reinterpretación, resumen o acotación por terceros y que la difusión del mensaje es instantánea, evitando que pueda ser conocido por terceros antes de su difusión, lo que vulneraría la confidencialidad del canal.